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Miércoles, 15 Agosto 2012 00:06

Citan a indagatoria a Cameron por el vaciamiento de YCRT Destacado

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Citaron a indagatoria a integrantes de la comisión de fiscalización de YCRT. SA. El Juez Sergio Torres dispuso llamar a declaración indagatoria a la mayoría de aquellos funcionarios públicos que tuvieran por entonces la obligación de velar por los intereses del Estado en el marco de la actividad de la concesionaria. El secretario de Energía Daniel Cameron está citado a declarar.

Raúl Wanzo, querellante en el juicio a Sergio Taselli por el vaciamiento de Yacimientos Carboníferos de Río Turbio S.A. (YCRT S.A.) con el patrocinio de la Dra. María Teresa Larramendy, informó que el Juez Sergio Torres dispuso llamar a declaración indagatoria a la mayoría “…de aquellos funcionarios públicos que tuvieran por entonces la obligación de velar por los intereses del Estado en el marco de la actividad de la concesionaria”.

Esto es así debido a que el impresionante vaciamiento producido en la carbonífera estatal YCRT SA (ex YCF) se dio al efectuarse un cúmulo de maniobras fraudulentas; la desaparición de bienes inmuebles, muebles, el desvío de los subsidios estatales para inversiones en empresas de su propio grupo económico; las subcontrataciones;  se pudieron  llevar a cabo, gracias a la pasividad o complicidad de quien tenía la obligación de controlar, es decir la Comisión Fiscalizadora, creada. por resolución 163/95, del Ministerio de Economía, con fecha 8 de febrero de 1995 y , cuya función no era otra que el seguimiento del cumplimiento de los contratos relativos a la explotación del yacimiento.

De acuerdo a los datos aportados por la querella,  también deberían quedar  comprendidos todos los superiores jerárquicos de la mencionada comisión, es decir todos los Ministros de Economía y los Secretarios de Energía de la Nación que ejercieron sus funciones en el período comprendido desde el 1º de julio de 1994 hasta la finalización de la concesión.(se adjunta planilla),  Esto es así, atento a su calidad de Autoridad de Aplicación, de los Contratos de concesión y Usufructo Minero, correspondientes al Complejo Carbonífero y Ferro-Portuario de Río Turbio.

Wanzo informó que los ex funcionarios de la comisión de fiscalización, deberán comparecer ante el Juzgado Nº 12 a cargo del Dr. Sergio Torres entre los meses de agosto y octubre de este año al encontrarse reunido el estado de sospecha requerido por el Articulo 294 de CPP. En audiencia indagatoria.

La nomina de los imputados es la siguiente: Lorenzo Hernández, 29/08/12 – Jorge Enrich Balada 05/09/12 – Eduardo Climenti 12/09/12 – Eduardo J. Sörensen, 19/09/12 – Enrique Campaña 26/09/12 – Julio De Giovanni 03/10/12 – Fernando Malvasio 10/10/12 – Daniel  Cameron  17/10/12.

Inhibición a Taselli

El Juez Sergio Torres resolvió inhibir los bienes del empresario Sergio Taselli, por el vaciamiento de Yacimientos Carboníferos de Río Turbio S.A. (YCTR S.A.).

Sergio Taselli, fue procesado y embargado en 45 millones de pesos por utilización indebida y desvío de los fondos otorgados por el Estado Nacional, a través de los subsidios, a empresas de su grupo económico; el faltante de bienes muebles, inmuebles, rodados y maquinarias; el incumplimiento de la obligación de entregar al finalizar su gestión en el yacimiento  con una capacidad operativa de producción igual a la que se le entrego, mas las comprometidas por el mismo, daño estimado por el primer interventor del Yacimiento, en la suma de 180 millones de dólares estadounidenses´, a lo que habría que agregar  el valor de todos los bienes faltantes y que están acreditados en la causa.

El Juez en su resolución fundamenta que: " En atención a lo manifestado por Sergio Taselli de conformidad con el acta labrada de forma precedente, por cuanto señalara que no posee bienes y/o dinero para responder al embargo fijado en autos al momento de decretarse su procesamiento, dispóngase la inhibición general de bienes respecto de su persona...."

A su vez, Wanzo solicitó  al  Juez Dr.  Sergio Torres  la elevación a juicio oral de la causa en la que está procesado el empresario Sergio Taselli, ya que los hechos acusatorios están debidamente fundamentados y aceptados a lo largo de la instrucción, habiendo sido rechazados todos los alegados por del procesado.

En los fundamentos la querella “… considera que los elementos de prueba reunidos, resultan suficientes para acreditar, en esta etapa, la materialidad de los hechos descriptos, y  la responsabilidad que le cupo a Sergio Taselli en la producción de los mismos, no teniendo siquiera entidad los descargos realizados por el mismo, ante los numerosos elementos de cargo que surgen de la presente causa”.

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