Santa Fé: Procesaron a treinta policías por la desaparición forzada de Franco Casco

Les endilgan diverso grado de participación a 25 efectivos que prestaban servicio en la seccional 7ª. Cinco de Asuntos Internos, acusados de encubrir

El  juez Federal Carlos Vera Barros procesó a treinta policías por la desaparición y posterior muerte de Franco Casco, un joven bonaerense de 23 años que desapareció el 6 de octubre de 2014 y 22 días después fue hallado en el río Paraná muerto y con signos de haber sido torturado. El magistrado consideró probado que el último lugar donde estuvo la víctima fue la comisaría 7ª y, en virtud del artículo 142 del Código Penal, les imputó en distintos grados de participación el delito de desaparición forzada de persona agravado por la muerte.



Según se desprende de la extensa resolución de Vera Barros, hay elementos que permiten inferir que Franco fue detenido la noche de 6 de octubre y sometido a torturas en un calabozo de la seccional de Cafferata al 300. Para el juez el personal policial fue responsable de la detención irregular de una persona y no aportar información sobre su paradero, cuestiones que se encuadran en el mencionado delito, con el agravante de la muerte de ese ciudadano.



En este sentido, el magistrado procesó a 25 policías que entonces prestaban servicio en la seccional 7ª como coautores la desaparición forzada de Casco. A tres de ellos, incluido el entonces jefe, les agregó el delito de torturas seguido de muerte. Y a 15 los ubicó como partícipes secundarios. En tanto, los otros cinco efectivos policiales procesados son personal de Asuntos Internos a los que se les atribuyó el delito de encubrimiento agravado.



El juez les dictó a todos los procesados un embargo de 20 mil pesos a cada uno. Y en su resolución ordenó que 19 efectivos continúen con prisión preventiva para lo cual alegó peligrosidad procesal.



En ese marco, algunos defensores consultados por este diario adujeron que la resolución no está fundada en pruebas y adelantaron que apelarán. Tampoco descarta apelar una de las querellas que, si bien admitió su conformidad con el fallo, mostró su desacuerdo con las imputaciones formuladas a parte del personal de Asuntos Internos involucrado (ver aparte).



Ocultamiento



Bonaerense de 23 años, Franco llegó a Rosario a principios de octubre de 2014 para visitar a unos familiares en Empalme Graneros. Lo último que se supo de él fue que volvería en un tren a Retiro el lunes 6 de ese mes, pero nunca llegó. Su padre y su madre lo buscaron en comisarías, y en la 7ª les retacearon información.



El caso comenzó a investigarse como averiguación de paradero hasta que, luego del hallazgo de su cadáver, pasó a la Justicia Federal como desaparición forzada. Casi tres años después, a principios del mes pasado fueron detenidos treinta policías sospechados de haber participado en su desaparición o al menos haberla encubierto. Y ayer se conoció el procesamiento de todos.



La investigación del fiscal Marcelo Degiovanni colectó pruebas, entre ellas los libros de guardia de la seccional y el testimonio de familiares de Casco sobre el ocultamiento de información así como de detenidos en la 7ª cuyas declaraciones permitieron inferir que el joven fue torturado.



En virtud de ello, Vera Barros infirió que entre la noche del 6 de octubre y la madrugada del 7 de octubre de 2014 Casco habría sido alojado como demorado en dicha seccional, donde habría sufrido tormentos posiblemente propiciados por policías y a partir de los cuales pudo haber muerto, "perdiéndose además todo rastro suyo" desde entonces.



El juez atribuyó esta situación "a un accionar policial que impidió formalizar su búsqueda" y alegó graves "irregularidades e inconsistencias" que además "sugieren la intencionalidad de ocultar el verdadero estado de cosas sobre los motivos de la desaparición" de Franco.



Acción u omisión



Del análisis de libros de guardia y registros, contrastados con otras pruebas, el juez estableció la participación de los imputados en la detención de Casco, atribuida al jefe de la seccional quien alegó una denuncia de un vecino que para el juez carece de consistencia, y su posterior desaparición.



Entre la información de las "actuaciones en que pretende sustentarse la versión policial" sobre la detención de Casco, y la "información obtenida de los testimonios que sindican a varios de los policías como participantes de la golpiza que se le habría proporcionado" al joven, "sumado al resto de las probanzas hasta aquí valoradas, permiten presumir con el grado de probabilidad suficiente que exige esta etapa del proceso la participación activa u omisiva" del personal procesado.



Sin embargo, el juez distinguió diversos grados de participación. El entonces jefe, Diego José Alvarez, así como Cecilia Rut Elisabet Contino y Walter Eduardo Benítez, "fueron nombrados por testigos como aquellos que, entre otros, intervinieron en las golpizas" cuando Franco "se encontraba en el calabozo denominado «la jaulita»". Por ello, además de procesarlos como "coautores de desaparición forzada" les atribuyó "imposición de tortura". Ambos delitos, agravados por la muerte de la víctima, prevén penas de prisión perpetua.



En tanto, los policías César Daniel Acosta, Guillermo Hernán Gysel, Cintia Débora Greiner, Rocío Guadalupe Hernández, Marcelo Alberto Guerrero, Enrique Nicolás Gianola Rocha y Esteban Daniel Silva fueron procesados como coautores de desaparición forzada de personas agravada por la muerte.



Por el mismo delito de desaparirición forzada, pero como partícipes secundarios, fueron procesados Cristina Ida Riesco, Susana Beatriz Carreño, Belkis Elisabeth González, Franco Luciano Zorzoli, Ariel Waldemar Saucedo, Gisela Viviana Giménez, Rodolfo Jesús Murúa, Claudia Roxana Barbieri Galván, Juan José Acuña, Walter Daniel Ortiz, Yanina Gisella Arévalo, Romina Mailén Brítez, Romina Anahí Díaz, Fernando Esteban Blanco y Yamila Alejandra Valdez.

Encubrimiento

Por su parte los efectivos de Asuntos Internos Aníbal Candia, Sergio Damián Pieroni, Carlos Alberto Ríos, Pablo Andrés Síscaro y Daniel Augusto Escobar fueron procesados por encubrimiento agravado, que castiga a quien oculte pruebas de un delito ejecutado por otro. En este caso, la resolución contempla que los acusados ocultaron pruebas o bien ayudaron al autor o partícipe a ocultarlos. Y no descarta aplicar penas superiores a los tres años por tratarse de un hecho especialmente grave cometido por funcionarios públicos.

   En tal sentido, Vera Barros cuestionó básicamente que muchas de las medidas realizadas por estos efectivos, como la toma de testimonios a los detenidos en los calabozos de la 7ª, se hicieron en presencia de personal de la comisaría, precisamente aquellos a quienes debían investigar.

   “Estando encargados de investigar la desaparición de Casco en el contexto en el cual podría haberse producido, no adoptaron los recaudos mínimos necesarios para obtener y resguardar información fidedigna resultante de las medidas investigativas básicas que habrían llevado a cabo, ni analizaron en definitiva las irregularidades que surgirían del sumario policial, no obrando inclusive constancias de lo manifestado por los sujetos a quienes entrevistaron, quienes en su mayoría refirieron que las declaraciones se hicieron con el personal de la comisaría 7ª presente”.

   En su resolución, el juez dictó la falta de mérito para sobreseer o procesar a Esteban Silva y Sebastián Blanco por el delito de torturas por el cual también habían sido indagados.

   Finalmente, Vera Barros concedió excarcelar a once de los procesados: Zorzoli, Saucedo, Giménez, Murúa, Barbieri Galván, Acuña, Arévalo, Brítez, Díaz, Blanco y Váldez, quienes deberán presentar garantías y observar reglas de conducta como comparecer a la comisaría más cercana a sus domicilios cada treinta días y la prohibición de salir del país.

   Asimismo ordenó que los imputados Alvarez, Silva, Contino, Benítez, Acosta, Gysel, Gianola Rocha, Candia, Pieroni, Ríos, Síscaro y Escobar sean trasladados a alguna dependencia del Servicio Penitenciario Federal.


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