ANSES: cómo jubilarse sin aportes

El Gobierno pretende promulgar una nueva ley de moratoria para que, quienes no registren aportes en la Administración Nacional de Seguridad Social, puedan jubilarse.

Para poder jubilarte en la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), es necesario cumplir con los requisitos básicos, es decir, tener la edad mínima necesaria (65 años en hombres y 60 en mujeres) y haber cumplido los 30 años de aportes. Sin embargo, dada la cantidad de empleo informal que impide a una parte de la población alcanzar éste último requisito, se pretende lanzar una ley de moratoria previsional para aquellas personas que no llegaran a completar los 30 años o, en su defecto, que no tuvieran ningún aporte hecho.



La ley, que cuenta con media sanción y espera su aprobación final en la Cámara de Diputados, habilitaría la posibilidad de jubilarse a aproximadamente entre 720.000 y 800.000 personas.



¿Cómo funcionaría la moratoria previsional para aquellas personas sin aportes?

Mediante la moratoria previsional, todas las personas que no hubieran realizado aportes durante su vida o no alcancen a cubrir los 30 años de haberes mínimos podrán acceder a su jubilación. Siendo que no tuviera completos sus aportes, podrá completarlos. En caso de no tener ninguno, podrá adquirirlos mediante la nueva ley.



¿Qué personas pueden jubilarse sin haber realizado aportes?

Como venimos diciendo, a su jubilación pueden acceder todas las personas que hubieran cumplido con la edad mínima establecida por ley (60 en caso de las mujeres y 65 en caso de los hombres). En caso de que no tengas tus aportes hechos o los tengas incompletos, es importante que tengas en cuenta las siguientes particularidades:



¿A cuánto llegará mi jubilación si llevo a cabo esta jubilación sin aportes?

La jubilación sin aportes equivale a la jubilación mínima, la cual es de, según el último aumento hecho en septiembre, de $50.353.



¿Tendré algún descuento en el haber jubilatorio?

En caso de que te jubiles mediante esta opción, recibirías dos descuentos concretos, a saber:




  • Pago de la obra social. Es un descuento que se le realiza por ley a todas las jubilaciones, no es exclusivo a esta clase.

  • Descuento por moratoria. Se te descontará de cada haber el importe que corresponde a la cuota mensual de la moratoria previsional a la que accediste para obtener los aportes faltantes. Este descuento se realiza durante 60 meses.



 


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