Por qué para un exFiscal, es inconstitucional el decreto de jubilaciones de Santa Cruz
Fernando Tanarro, abogado de tres vocales del TSJ, cuestionó el decreto 608 y anticipó que recurrirán a la Justicia si no se revierte la jubilación.
El abogado Fernando Tanarro (exFiscal de Estado durante la gestión de Alicia Kirchner( representante legal de las vocales del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz Paula Ludueña, Alicia de los Ángeles Mercau y René Fernández, cuestionó la decisión de la Caja de Previsión Social de otorgarles la jubilación y sostuvo que el decreto 608/24 es "arbitrario, ilegal e inconstitucional".
En una entrevista con Radio Nuevo Día, Tanarro explicó que presentó planteos contra la decisión y que las magistradas dejaron expresamente asentado que no renunciaron a sus cargos. Además, anticipó que, si la Caja y el Tribunal Superior no revierten la situación, avanzarán por la vía judicial.
El conflicto gira alrededor del decreto 608 de 2024, que reglamenta aspectos de la Ley 1782, el régimen previsional de Santa Cruz. Según explicó el abogado, esa normativa establece que, una vez otorgada una jubilación, existe un plazo de 30 días para cesar en las funciones.
"Una vez que yo te otorgo, digamos, te otorgo la jubilación, tenés treinta días para cesar en tus funciones, seas lo que seas, tengas el cargo que tengas", explicó.
Según Tanarro, el problema aparece cuando esa disposición se aplica a integrantes del Tribunal Superior de Justicia, debido a la garantía constitucional de inamovilidad de los magistrados.
Por qué Tanarro cuestiona el decreto 608
El eje de la presentación realizada por el abogado es que un decreto reglamentario no puede avanzar sobre una garantía establecida por la Constitución Provincial.
Tanarro sostuvo que los integrantes del Tribunal Superior no pueden ser removidos de sus cargos mientras dure su buena conducta y que, para dejar sus funciones, deben expresar su voluntad de manera concreta.
"Nosotros entendemos que en el caso de los vocales del Tribunal Superior de Justicia, que gozan de inamovilidad, esto significa que no pueden ser removidos en su cargo mientras dura su buena conducta", explicó.
Al ser consultado específicamente sobre por qué considera inconstitucional al decreto 608, respondió: "Sencillamente, porque va contra la Constitución, contra lo que establece la Constitución".
Y agregó: "Lo que está haciendo el decreto 608, a través de los artículos 2 y 4, es removerlos sin que ellos presten su consentimiento".
Para el abogado, la cuestión central es que una solicitud de jubilación no equivale automáticamente a una renuncia al cargo.
Qué presentaron las tres vocales y a quién está dirigido el reclamo
Las magistradas presentaron una carta documento luego de la decisión adoptada por el directorio de la Caja de Previsión Social.
Tanarro explicó que el planteo tiene dos destinatarios y dos vías paralelas: por un lado, la Caja de Previsión Social, que dictó el acuerdo mediante el cual se otorgaron las jubilaciones; por otro, el propio Tribunal Superior de Justicia.
"La idea de la carta documento es que es clarita, es decir, a mí no me comprende, a mí no me podés aplicar el artículo 608", resumió.
Y explicó el fundamento: "No me lo podés aplicar porque yo tengo inamovilidad que me la garantiza la Constitución provincial".
Además de la carta documento, el abogado informó que realizaron una presentación ante el Tribunal Superior para dejar constancia de que las vocales no renunciaron a sus cargos y que, según su interpretación, el decreto 608 no resulta aplicable a su situación.
"Hay dos cuestiones ahí. Una está destinada al directorio de la Caja, que es el que dictó el acuerdo por el cual se la jubila, y además hemos hecho una presentación al Tribunal Superior diciéndole que no se ha renunciado al cargo y que no es de aplicación el artículo 608", señaló.
Tanarro indicó que esperaba una respuesta de los organismos involucrados en un plazo breve.
"Teóricamente debería ser contestado entre hoy y mañana. Entendemos que vamos a recibir una respuesta y a partir de ahí veremos cómo sigue esto", manifestó durante la entrevista.
Qué dice Tanarro sobre el pedido de jubilación de las vocales
Uno de los argumentos planteados públicamente por el titular de la Caja de Previsión Social, según fue mencionado durante la entrevista, es que las propias vocales habían presentado sus pedidos de jubilación y que el organismo se limitó a aplicar la normativa vigente.
Tanarro rechazó que la presentación de una solicitud previsional implique necesariamente el cese inmediato de la actividad.
"Que yo pida mi jubilación no significa que yo haya renunciado, haya cesado a mi servicio", afirmó.
Según su explicación, la normativa permite que un trabajador solicite el reconocimiento de su jubilación y continúe desempeñándose para acumular más años de aportes.
"Yo me jubilo con el 82% de lo que dice la ley, pero si yo continúo trabajando puedo sumarle años de aporte a mi jubilación", explicó.
Incluso, sostuvo que de acuerdo con esa interpretación una persona podría incrementar progresivamente el porcentaje de su haber previsional.
"Puedo jubilarme con el 83%, con el 84%, con el 85% hasta con el 90%", señaló.
El abogado también marcó una particularidad en el caso de Paula Ludueña: sostuvo que recién estaría en condiciones de jubilarse a partir de octubre y calificó la situación como una jubilación anticipada.
El antecedente judicial que existe sobre el decreto 608
Durante la entrevista también se abordó el planteo judicial que había realizado Cristian Sánchez, vocal de los activos de la Caja de Previsión Social, contra el decreto 608 durante 2024.
Según lo explicado en la conversación, aquella causa cuestiona la constitucionalidad de la normativa y todavía no existiría una resolución definitiva sobre la cuestión de fondo.
Tanarro aclaró que no intervino personalmente en ese expediente y que no había visto la presentación, pero señaló que, según su conocimiento, el caso se encuentra en el Tribunal Superior de Justicia.
"Está en el Tribunal Superior de Justicia, está para resolver y supongo que el expediente está circulando", indicó.
Explicó que esto significa que el expediente puede estar pasando por los distintos vocales para que expresen su voto antes de que exista una resolución.
Sin embargo, marcó una diferencia entre la discusión general sobre el decreto y la situación específica de los integrantes del máximo tribunal provincial.
"Cualquier resolución de fondo que pueda haber en ese expediente no puede relacionarse también con el tema de los vocales del Tribunal Superior que tienen, insisto, una garantía constitucional distinta a otros casos", sostuvo.
Para Tanarro, la garantía de inamovilidad es determinante.
"Si el vocal del Tribunal Superior goza de garantía de inamovilidad, es decir, no puede ser su voluntad suplida por un decreto, no puede decir el decreto a partir de ahora que usted renunció o se jubiló", afirmó.
El abogado advirtió por el precedente que podría generar
Uno de los puntos que Tanarro consideró más relevantes es el precedente que podría establecer una decisión de este tipo.
"Sobre este tema en particular, sobre esta posibilidad de remover a miembros del Tribunal Superior de Justicia, no hay ningún precedente en la Argentina", afirmó.
Y agregó: "A través de un decreto yo digo que, bueno, vos tenés que cesar a los treinta días que yo te toque el pelo. Sobre eso no hay ningún precedente".
El abogado sostuvo que el alcance de la discusión trasciende a las tres vocales involucradas.
"Si esto se puede hacer con aquellos que gozan de una inamovilidad establecida por la Constitución, es decir, no pueden ser removidos y no hay ningún límite temporal para el ejercicio de sus funciones, esto puede hacerse con cualquiera", advirtió.
En ese sentido, remarcó: "Si yo puedo lo más, obviamente puedo lo menos, puedo hacer cualquier cosa".
La relación con el intento de juicio político
Durante la entrevista también se repasó la secuencia de acontecimientos que tuvo como protagonistas a las tres vocales.
Según se señaló en la conversación, pocos días antes de la decisión de la Caja de Previsión Social había fracasado en la Cámara de Diputados un intento de avanzar con un juicio político contra Ludueña, Mercau y Fernández.
Tanarro confirmó esa secuencia. "Dos días antes, la Cámara de Diputados, la sala acusadora, que es la que tiene que emitir el dictamen para acusar, por nueve votos rechazó el pedido de juicio político", explicó.
Según su relato, la sala acusadora está integrada por 12 miembros y la iniciativa no logró avanzar.
"Es decir, no se pudo elevar a juicio. Con lo cual, a los tres días, o a los dos días, viene esta decisión de jubilarlas", afirmó.
Ante la consulta sobre si consideraba casual la proximidad temporal entre ambos hechos, respondió: "No es casual esto, no, evidentemente".
La ampliación del Tribunal Superior y la discusión por su independencia
Otro de los temas centrales fue la ampliación del número de integrantes del Tribunal Superior de Justicia.
Tanarro cuestionó que se haya utilizado como argumento la necesidad de agilizar el funcionamiento de la Justicia y sostuvo que incrementar el número de vocales no necesariamente resuelve los problemas estructurales del sistema.
"Porque la justificación de que iban a agilizar la justicia, bueno, eso es mentira porque en el Tribunal Superior de Justicia solamente llegan algunas causas", afirmó.
Según su análisis, los problemas de funcionamiento se encuentran también en las instancias inferiores.
"En primera instancia y en Cámaras seguimos de la misma manera. Seguimos con los mismos jueces, la misma cantidad de empleados y la misma cantidad de tribunales", señaló.
Para Tanarro, por lo tanto, la ampliación no solucionaría el problema de fondo.
"Eso es una falacia. No había necesidad de ampliar el Tribunal Superior de Justicia", sostuvo.
Y agregó una de sus principales críticas: "Menos de esa forma tan absolutamente insólita para tener mayoría directamente, para poder blindarme. No es para otra cosa".
Consultado sobre si encontraba algún aspecto positivo en la explicación oficial de que la ampliación permitiría mejorar el funcionamiento judicial, respondió: "No, ninguna".
Qué puede pasar ahora con las tres vocales
Hacia el final de la entrevista, Tanarro explicó cuáles son los próximos pasos que prevé como representante legal de Ludueña, Mercau y Fernández.
En primer término, esperaba una respuesta de la Caja de Previsión Social y del Tribunal Superior de Justicia.
"Yo supongo que vamos a tener una respuesta de la Caja en el día de hoy o en el día de mañana", manifestó.
Una vez recibidas esas respuestas, el abogado anticipó que analizarán la estrategia jurídica.
"Tenemos prevista, obviamente, tenemos pensado la vía judicial como primera cuestión", afirmó.
Y dejó en claro que no consideran cerrado el conflicto.
"Porque esto no lo vamos a dejar pasar tan fácil", aseguró.
Finalmente, volvió sobre el argumento central de toda su presentación y advirtió sobre las consecuencias que, a su criterio, podría generar la aplicación del decreto 608 a integrantes del máximo tribunal provincial.
"No lo vamos a aceptar como una cuestión de decir, bueno, este decreto es de aplicación", sostuvo.
Y concluyó: "Si esto se puede hacer, el resto está en el horno, diríamos".

