Política Nacional

El Gobierno destacó que la Corte "amplió y clarificó" la ley que habilitó la "muerte digna"

El jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, afirmó hoy que la Corte Suprema "amplió y clarificó" la ley del Congreso aprobada en 2012 que habilita la "muerte digna" de pacientes que están en una situación irreversible.


"No es una
decisión pretoriana de la Corte", señaló Fernández, quien destacó que lo
que hizo el magistrado fue actuar en base a una ley del Congreso que habilitó
la "muerte digna".



En declaraciones formuladas en la Casa de Gobierno, el funcionario consideró
que se "amplió y clarificó" lo planteado en la legislación.



Fernández explicó que la Corte actuó porque "las personas que
solicitan" dejar de realizar determinados tratamientos para extender la
vida "no son aquellas a las que la ley les reconoce legitimación".



Aclaró que no se está "hablando de la decisión a la eutanasia" y que
la Corte "amplía y clarifica la decisión de la ley" que, según dijo,
contiene disposiciones "absolutamente responsables y criteriosas a la hora
de defender a la persona".



La ley 26.529, de 2009, con la reforma de la ley 26.742, de 2012, permiten que
una persona que padece de una enfermedad terminal, irreversible, solicite que
se suspendan los tratamientos médicos que permiten su subsistencia.



Ayer, la Corte Suprema reconoció el derecho de todo paciente a decidir su
"muerte digna", al resolver en un caso donde un hombre se encontraba
en estado irreversible desde hacía más de 20 años.



La decisión del máximo tribunal se basó en el caso de Marcelo Diez, quien se
encontraba con "intervención terapéutica" desde 1995 a raíz de un
accidente automovilístico en la provincia de Neuquén.



Horas después del fallo del máximo tribunal, los familiares lograron
desconectar a Diez, tras permanecer en estado vegetativo durante más de 20
años.



Al resolver, la Corte tuvo en cuenta por estudios médicos que su estado es
irreversible y que sus familiares atestiguaron por él a su voluntad de acogerse
a una "muerte digna".



La Corte Suprema de Justicia tuvo en cuenta para fallar a favor que consta una
petición expresa del paciente, por medio del testimonio de su hermana, de
querer tener una muerte digna y que le fue transmitido desde antes que tuviera
lugar el accidente.




 


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