¿Cómo pagar el Monotributo por medios electrónicos?

Desde los perfiles oficiales de la Administración Federal de Ingresos Públicos @AFIPcomunica, informaron que Monotributistas de todas las categorías tienen que utilizar canales electrónicos para abonar sus obligaciones. Además mañana, 20 de enero, vence el plazo para las recategorizaciones, cuyo pago opera en febrero.

El Pago electrónico te permite realizar los pagos sin necesidad de concurrir a la entidad de cobro; podés pagar desde un cajero automático Banelco o Link, desde la banca electrónica de tu banco, solicitar el débito automático de la cuota de tu cuenta bancaria o tarjeta de crédito, o bien pagar telefónicamente llamando a tu tarjeta adherida.







¿Cómo funciona?

Internet: Tenés que ingresar con tu clave fiscal y generar el volante electrónico de pago –VEP- a través del servicio CCMA - Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos, donde se especificará la obligación a cancelar y los datos correspondientes a CUIT, período, impuesto, concepto, subconcepto e importe. Luego, a fin de abonar el VEP, deberás acceder a la entidad de pago y seleccionar la opción "Pagos AFIP". El pago podrá efectuarse en forma inmediata tras la generación del VEP.

Homebanking Link: A fin de utilizar este servicio, previamente deberás concurrir con tu tarjeta de débito a cajeros automáticos que sean de la misma red que dicha tarjeta, para obtener la clave de acceso.

Red Banelco: Para utilizar este servicio, deberás seleccionar la opción "otras operaciones", para obtener la clave de acceso. Luego podrás realizar los pagos ingresando a la página http://www.pagomiscuentas.com

Portal de Pagos de Provincia NET: a través de esta plataforma, podrás pagar cualquier tipo de impuesto que abonabas en un puesto de cobranza presencial.

Primero debés registrarte, creando un usuario y una contraseña. Una vez logueado tendrás la opción de realizar "Pagos con factura" (en caso de poseer un código de barras) o "Pagos sin facturas". En esta última opción deberás detallar el servicio que deseas abonar, indicando los datos solicitados. Es importante destacar que los pagos serán efectuados mediante tarjeta de débito de cualquier banco.

Débito automático en cuenta bancaria: Para solicitar la adhesión del débito automático en tu cuenta bancaria en pesos, tenés tres altenativas: 

1)    Dirigirte al banco y solicitar allí la adhesión al servicio.

2)    Realizar la adhesión al débito automático por teléfono llamando al 0810-345-7274.

3)    Hacerlo directamente desde el Portal de Monotributo, ingresando con su clave fiscal, en la solapa “Pagos”.

Tarjetas de crédito: Podés realizar el pago telefónico o adherir al débito automático utilizando los números que te facilitamos a continuación:

 Argencard - Mastercard - (011) 4340-5665

 Cabal - (011) 4319-2550

Visa - (011) 4378-4499

Además, si utilizás tarjeta VISA, podés pagar o adherirte al débito automático en el sitio web http://www.visa.com.ar/

También tenés la posibilidad de realizar el pago por Mastercard en www.masterconsultas.com.



Mercado Pago: Desde cualquier dispositivo electrónico que tenga la aplicación de Mercado Pago o desde la página WEB de Mercado Pago.

Billetera electrónica: únicamente para cancelar obligaciones propias, no de terceros. Para poder utilizar este medio de pago tenés que ingresar al servicio “Sistema de Cuentas Tributarias”, opción “Transacciones” y seleccionar “Billetera Electrónica AFIP”. Las obligaciones incumplidas se agruparán por período fiscal (capital + interés). Si al momento del pago las obligaciones del mes en curso no vencieron, también se mostrará el período fiscal para que lo pagues en tiempo y forma. Recordá que solo es posible cancelar el monto que muestra billetera y que los importes NO son editables.

Recategorizaciones de Monotributo

Hasta el 20 de enero, los y las monotributistas tienen tiempo para realizar la recategorización.  La nueva categoría comenzará a regir a partir de febrero. 

La recategorización del monotributo está habilitada hasta el 20 de enero. Para determinar si corresponde cambiar de categoría, las y los contribuyentes deben controlar los ingresos brutos de los últimos 12 meses para cotejarlos con los nuevos valores de las categorías que se encuentran disponibles en monotributo.afip.gob.ar.

El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará en febrero, mes siguiente a la recategorización.

La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar las y los monotributistas para determinar si de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses les corresponde cambiar de categoría. En caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite.

No corresponde recategorizarse si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el régimen simplificado. En cambio si el período es entre 6 y menos de 12 meses, se deben anualizar los ingresos para hacer la recategorización.

 


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