Trelew: lo condenan por violar a su hijastra durante cinco años pero no irá preso

El abuso comenzó cuando la víctima tenía 9 años. En un juicio abreviado realizado en Trelew, un hombre aceptó su culpabilidad y el juez Fabio Monti le dio una pena de 3 años de ejecución condicional.

Un hombre que admitió haber violado a una menor durante cinco años, se sometió a un juicio abreviado y recibió una condena de 3 años de ejecución condicional por parte del juez de Trelew Fabio Monti.



Aplicando el instituto previsto en el Artículo 355 del Código Procesal Penal, el Ministerio Público Fiscal representado por la fiscal general jefa Silvia Pereira sostuvo haber llegado con la defensa pública ejercida por Sergio Rey y con el imputado Sergio Omar Calfú a un acuerdo para imprimir el mencionado trámite, tras la acusación respectiva por el delito de abuso sexual simple en la modalidad de delito continuado agravado por haber sido cometido contra una menor.



Según un comunicado de la Fiscalía de Trelew, los hechos fueron cometidos en diversas circunstancias entre los años 2009 y 2014, comenzando cuando la menor tenía 9 años. El ahora condenado aprovechaba la ausencia de su pareja, “aprovechándose de la situación de convivencia y sabiendo lo que hacía, con el fin de menoscabar la integridad sexual de la niña y satisfacer su libido, la sometió a tocamientos en diferentes partes y de manera reiterada”, reza la acusación.



Entre la documental tenida en cuenta como elementos que certifican los hechos se encuentra la denuncia de la madre de la víctima, que expresó que el día anterior fue advertida por profesionales del Centro de Adolescentes del Hospital Zonal de Trelew sobre la situación. Y también el testimonio de la menor bajo la modalidad de Cámara Gesell, donde relató la secuencia de los hechos sufridos.



El juez Monti lo condenó a 3 años como autor responsable del delito de abuso sexual simple en la modalidad de delito continuado, agravado por haber sido cometido contra una menor de 18 años aprovechando la convivencia preexistente con el mismo.



El condenado debe fijar un domicilio y dar aviso de eventuales cambios al tribunal actuante; realizar una presentación semestral ante la Agencia de Ejecución Penal, no cometer nuevos hechos delictivos; tiene prohibido acercarse o contactar a la víctima; y deberá realizar un tratamiento psicológico vinculado a la naturaleza de los hechos objetos de la condena.


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