Intendente Tomasso desmintió acusaciones por compensación de deuda entre Municipio y UVC

El jefe comunal de San Julián manifestó que las acusaciones realizadas por la concejal Martinic en los medios son sobre hechos "totalmente distorsionados con el afán de sembrar incertidumbre y desprestigio sobre la figura del Intendente Municipal con evidentes intenciones políticas".

Comunicado de la Municipalidad de San Julián: 



Descargo de Sr.Intendente Antonio Tomasso ,en relación a la nota periodística publicada el pasado 22 de abril



En relación a la nota periodística publicada el pasado 22 de abril del corriente año, es necesario dar a conocer a la comunidad la realidad de los hechos supuestamente denunciados, los cuales son totalmente distorsionados con el afán de sembrar incertidumbre y desprestigio sobre la figura del Intendente Municipal con evidentes intenciones políticas.-



Esto es así, pues en primer lugar, debemos preguntarnos cómo es posible que sobre un hecho totalmente transparente (pues es autorizado por el Honorable Concejo Deliberante) y lícito (pues está contemplado en la Ley Provincial N° 760), ocurrido en el año 2016, es decir hace más de 2 años, la Concejal Susana Martinic recién realizaría la denuncia en año electivo, de lo contrario debió hacer la denuncia cuando tomó conocimiento de la contratación. Asimismo las razones de necesidad y urgencia fueron debidamente expuestas y forman parte de los considerandos de la contratación.-



En segundo lugar, referente a la compensación de deuda entre la Municipalidad de Puerto San Julián y la empresa Universal Video Cable, como es sabido el Intendente Municipal no puede poseer participación en medios de comunicación por lo que desde el mismo momento de su asunción ya no poseía participación en la empresa, siendo un error la publicación realizada de la Resolución N° 4220/2018 generada desde Ente Nacional de Comunicaciones, pues refiere a la antigua participación del Intendente Tomasso y no a la actual. Sin perjuicio de ello se debe tener en cuenta que, 1°: La compensación de deuda es un mecanismo de pago lícito que se utiliza en todo el país. 2°: La compensación de deuda entre la Municipalidad y la empresa UVC ha sido aprobada por el Honorable Concejo Deliberante mediante la Ordenanza N° 3388. 3°: Que el monto compensado a la empresa Universal Video Cable ascendió a la suma de $ 188.125, mientras que la deuda que mantenía la Municipalidad con la empresa UVC al mes de diciembre del año 2018 ascendía a la suma de $ 601.515,37, por lo cual la Municipalidad se vio beneficiada al renunciar la Empresa al cobro de $ 413.390,37, a ello se suma la propuesta de la empresa UVC a brindar el servicio de manera totalmente gratuita durante el año 2019. 4°: El servicio que otorga la empresa UVC se contrató previas licitaciones públicas N° 03/2017 y 09/2018, la cuales quedaron desiertas por no haberse presentado otra empresa prestadora de servicios de internet, sumado a que la Empresa presta este esencial servicio a la Municipalidad desde varias gestiones anteriores.



Que el grado de desinformación que se quiere inculcar a la opinión pública es tal, que no informa que la causa federal por trata de personas, ha sido debidamente desestimada por el Juzgado Federal de Caleta Olivia, pues el actual Intendente de Puerto San Julián no tenía ninguna vinculación con aquella cuestión, siendo debidamente sobreseído hace más de un año.-



Por todo lo expuesto no cabe más que expresar el más enérgico repudio por la falsa información que circula en distintos medios de comunicación que no corroboran la veracidad de los hechos.-



Que en merito de todo ello, oportunamente se realizarán las correspondientes denuncias penales contra los autores de estas calumnias como por el delito de falsa denuncia tipificada en los  artículos  109 y 245 del Código Penal Argentino respectivamente.



 


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