Parques Nacionales lanza retiros voluntarios excluyendo a los guardaparques
La Administración de Parques Nacionales aprobó un Sistema de Retiro Voluntario destinado al personal de planta permanente con estabilidad laboral. La medida forma parte del proceso de reestructuración del Estado Nacional y tendrá impacto en organismos con presencia en Santa Cruz, donde se encuentran áreas protegidas como el Parque Nacional Los Glaciares. El régimen fija requisitos, exclusiones, compensaciones económicas y una prohibición de reingreso al Estado por cinco años.
La Administración de Parques Nacionales (APN) aprobó la implementación de un Sistema de Retiro Voluntario para el ejercicio 2026, una medida que se enmarca en el proceso de reestructuración y reducción del Estado impulsado por el Gobierno Nacional.
La decisión fue formalizada mediante la Resolución 191/2026, publicada este martes 23 de junio en el Boletín Oficial, y alcanza al personal de planta permanente con estabilidad laboral comprendido en la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional.
La medida también tendrá impacto en Santa Cruz, donde Parques Nacionales tiene presencia en áreas protegidas de fuerte relevancia ambiental y turística, entre ellas el Parque Nacional Los Glaciares, con sede administrativa en El Calafate.
El retiro voluntario llega en medio de la reestructuración del Estado
En los considerandos de la resolución, Parques Nacionales señala que la medida responde a la política del Poder Ejecutivo Nacional orientada a la "simplificación y reducción del Estado". También plantea que el objetivo es alcanzar una gestión pública "transparente, ágil, eficaz y de calidad".
El organismo argumentó que el sistema busca "optimizar la dotación del Organismo y agilizar la gestión operativa de las misiones asignadas". La implementación operativa quedará a cargo de la Dirección General de Recursos Humanos de la APN, que deberá definir formularios, circuitos administrativos y comunicaciones oficiales.
El plazo para adherir será de 30 días, contados desde el primer día hábil del mes siguiente a la publicación del acto administrativo. La presentación estará sujeta a evaluación y no implicará la aceptación automática del retiro.
Quiénes podrán adherir y quiénes quedan afuera
El régimen está dirigido a trabajadores de planta permanente con estabilidad laboral y una antigüedad mínima de dos años. Podrán solicitarlo quienes tengan hasta 64 años, o quienes tengan 65 años o más pero no reúnan los requisitos para acceder a la jubilación ordinaria ni estén en condiciones de alcanzarlos dentro de los doce meses posteriores.
La resolución establece varias exclusiones. No podrán acceder quienes estén procesados por delitos contra la Administración Pública, tengan sumarios administrativos que puedan derivar en cesantía o exoneración, mantengan reclamos administrativos o judiciales vinculados con su relación laboral, hayan iniciado trámites jubilatorios o tengan una renuncia pendiente de aceptación.
Uno de los puntos más relevantes para el funcionamiento de las áreas protegidas es que el Cuerpo de Guardaparques Nacionales quedó expresamente excluido del sistema. Esto significa que quienes cumplen tareas de conservación, control y protección ambiental dentro de los parques nacionales no podrán acogerse al retiro voluntario.
Además, el anexo establece que los puestos y funciones del personal que adhiera quedarán suprimidos desde la fecha de la baja y no podrán ser cubiertos nuevamente bajo ninguna modalidad de contratación o designación.
Cómo será la compensación y la prohibición de volver al Estado
La normativa prevé una gratificación extraordinaria única de egreso, cuyo monto dependerá de la edad y la antigüedad de cada trabajador. Para quienes tengan hasta 60 años inclusive, la compensación será equivalente al 90% de la remuneración bruta mensual por cada año de antigüedad o fracción mayor a tres meses.
En el caso de los trabajadores de 61 años o más, el cálculo se realizará sobre el 85% del salario bruto mensual por cada año trabajado. La base de cálculo incluirá conceptos remunerativos habituales y permanentes, pero excluirá horas extras, movilidad, asignaciones familiares, aguinaldo y otros rubros extraordinarios.
El pago se hará en dos tramos: primero se abonará el 35% de la gratificación y luego el 65% restante en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas. También se fijaron topes máximos: hasta 24 haberes brutos para trabajadores de entre 61 y 63 años, y hasta 12 haberes brutos para quienes tengan 64 años o más.
Otro punto central es la prohibición de reingreso. Quienes accedan al retiro voluntario no podrán volver a incorporarse ni prestar servicios en el Sector Público Nacional durante cinco años, bajo ninguna modalidad de empleo, contratación de servicios u obra. La única excepción prevista corresponde al desempeño de cargos docentes en universidades nacionales. (Fuente: Ahora Calafate)

