Absuelven en Punta Arenas a ciudadano argentino que fue descubierto con revolver en cruce fronterizo

Lo enjuiciaron por contrabando y porte ilegal de arma de fuego, pero el tribunal estimó que no se configuraban los delitos. “Le puede pasar a cualquiera, a un chileno que por error transporte un arma que está autorizado a portar”, dice la defensa.

El Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas absolvió a un ciudadano argentino que fue descubierto con un revolver en el paso fronterizo de San Sebastián. Aunque enfrentaba cargos por contrabando y porte de arma ilegal, los jueces estimaron que no se configuraban los delitos.



El acusado enfrentó un juicio oral por los hechos ocurridos el 3 de febrero de 2019. En horas de la tarde, personal del Servicio de Aduanas fiscalizó su camioneta marca Dodge en el complejo fronterizo de San Sebastián, a casi 180 kilómetros de Porvenir. En la cabina descubrieron un revolver doble acción Taurus calibre 357 sin su munición.



De acuerdo con la acusación, la pistola era “mercancía prohibida que el imputado no declaró al momento de su declaración, además de evadir el control policial y no contar con permiso o autorización que lo habilite para transportar este tipo de armas”.



El acusado se enfrentó al juicio en su contra arriesgando cuatro años y medio de cárcel por porte ilegal de arma de fuego y contrabando. Sin embargo, tras analizar la prueba de cargo el tribunal resolvió absolverlo.



Respecto del hallazgo del arma, los jueces estimaron que “la conducta sancionada en la norma corresponde a una tenencia no autorizada –y no a la conducta de porte ilegal– acreditada en esta causa, cuya sanción es de naturaleza administrativa”. Además, no se configuraría un contrabando porque “la conducta que se atribuye al sujeto activo no permite sostener la clandestinidad u ocultación de la mercancía que fue encontrada”.



El fallo tuvo el voto en contra de la magistrada Connie Oyarzún, quien fue del parecer de condenar al acusado sólo respecto al delito de porte de arma de fuego.



“Acá nunca existió delito”



La defensa –asumida por el abogado Juan Srdanovic Arcos– se mostró conforme con el veredicto.



“Acá nunca existió un delito de contrabando. Lo que aquí existe es un tratado de libre tránsito entre Chile y Argentina que exonera de impuestos al tránsito de mercaderías personales, como es en este caso”, dijo el abogado Srdanovic.



Respecto del porte del arma, Srdanovic Arcos dice que fue una “acción que no tenía el carácter de antijurídico, porque era una persona que estaba haciendo un traslado de especies desde Ushuaia a Bahía Blanca, y en este caso no actuó con ninguna mala fe, no intentó transgredir la norma”. Agrega que “esto le puede pasar a cualquiera, a un chileno que por error transporte un arma a la cual está autorizado a portar y transportar, pero que este tránsito lo haga por territorio de otro país también se le aplica la misma norma que se aplicó en este caso”.



 



El Pinguino


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