Puerto Madryn-increible

Usuarios de Facebook deberán explicar ante la justicia comentarios ofensivos

La juez de Puerto Madryn, Stella Eizmendi, denunció a usuarios de Facebook por incitar a la violencia a raíz de comentarios vertidos en portales de noticias. Los usuarios fueron identificados, tuvieron que comparecer ante la justicia y se los acusó por incitación pública a la violencia.


La juez Stella
Eizmendi, quien trabaja en la investigación por el caso de la joven abusada a
pocos metros del Indio en PuertoMadryn,
en el marco de la investigación debió pedir protección por las amenazas que
sufrió a través de redes sociales en función de sus fallos.

Ahora
pretenden pedir disculpas públicas, pero les podría caber una pena de 6 años de
prisión.


Además la magistrada, presentó una denuncia penal por "incitación a
la violencia" a raíz de comentarios en la página de Facebook de una
emisora radial y de un diario digital de la ciudad portuaria."Hay
que hacer mierda (sic) al Juez",escribieron
algunos usuarios.


Como en cualquier otro caso, los portales de noticias informaron la
liberación del presunto abusador de la joven de Madryn y entre los comentarios,
hubo"manifestaciones que resultan
constitutivas deldelitode incitación pública a la violencia,
conducta prevista y reprimida por el Código Penal en su artículo 212",indicó la denuncia difundida porJornada.


"Hay que quemarle la casa", "hay
que hacer mierda (sic) al Juez",eran algunos de
los comentarios ofensivos que motivaron la medida. Gracias al trabajo de
investigación de personal policial se logró identificar a las dos personas que
realizaron las publicaciones, quienes fueron imputados por "incitación a
la violencia".


Durante la audiencia realizada en tribunales, los imputados solicitaron
pedir disculpas de forma privada y pública a la jueza por sus declaraciones,
por lo cual el caso fue derivado a conciliación. Cabe señalar, que en caso de
no aceptar este resarcimiento a los usuarios podría caberles una pena que
implica hasta 6 años de cárcel.


ARTICULO 212


El artículo 212, contenido en el Código Penal establece que "será
reprimido con prisión de tres a seis años el que públicamente incitare a la
violencia colectiva contra grupos de personas o instituciones, por la sola
incitación".


En tanto, el artículo 209 también está relacionado y dice que quien
"públicamente instigare a cometer un delito determinado contra una persona
o institución, será reprimido, por la sola instigación, con prisión de dos a
seis años, según la gravedad del delito".


 


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