Medida

El Gobierno reglamentó la ley que crea el observatorio de precios

Este organismo forma parte del paquete de leyes de defensa del consumidor sancionadas en el 2014 por el Congreso.


El Gobierno reglamentó la ley
26.992, que crea el "Observatorio de Precios", con el objetivo de
"monitorear, relevar y sistematizar los precios y la disponibilidad de
insumos, bienes y servicios que son producidos, comercializados y
prestados" en el país.


Lo hizo a
través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, con las firmas de la
presidenta Cristina Kirchner, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich; y el
ministro de Economía, Axel Kicillof.


El
observatorio forma parte del paquete de leyes de defensa del consumidor
sancionadas en el 2014 por el Congreso.


Según el
texto oficial, el "Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos,
Bienes y Servicios" es "un organismo técnico" cuyo fin es
"monitorear, relevar y sistematizar los precios y la disponibilidad de
insumos, bienes y servicios que son producidos, comercializados y prestados en
el territorio de la Nación".


"El
monitoreo, relevamiento y sistematización de precios, disponibilidad de
insumos, bienes y servicios constituyen un elemento de carácter esencial para
la elaboración de políticas públicas y económicas por parte del Poder Ejecutivo
Nacional", añadió el decreto.


Resaltó
que "la protección de los intereses económicos de los consumidores
requiere que el Estado Nacional actúe de forma oportuna y eficaz frente a
distintas situaciones que pudieran ocasionar distorsiones en el mercado, así
como también ante conductas abusivas, monopólicas y oligopólicas lesivas
del interés económico general".


Señaló
que "a los fines de lograr una estrategia eficiente que coadyuve a
colaborar con la autoridad de aplicación en la elaboración de políticas
económicas, el Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y
Servicios asume un rol relevante en el campo del conocimiento y en el análisis
de la realidad económica".


A través
de la ley -que comienza a regir oficialmente este jueves- se dispuso que la
Secretaría de Comercio será la autoridad de aplicación.


Además,
quedó establecido que los integrantes del flamante Observatorio "serán
designados por la máxima autoridad de cada ministerio y/u organismo, quien
deberá designar asimismo a un miembro suplente".


"El
Poder Ejecutivo Nacional, a propuesta de la Secretaría de Comercio, designará a
un coordinador ejecutivo , quien tendrá a su cargo la supervisión, coordinación
y dirección técnica de las tareas encomendadas al Observatorio de
Precios", según la norma oficial.


El
decreto autorizó a participar a tres asociaciones de usuarios y consumidores
que deseen formar parte del Observatorio, pero aclaró que esa
participación "será ad-honorem en todos los casos y sin excepción,
no pudiendo éstas reclamar suma alguna por ningún concepto".


 


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