Caleta Olivia

IDUV participó de reunión por usurpaciones, en donde el Juez resolvió devolver las viviendas en 15 días

Se trata de la causa por denuncias por usurpaciones ocurridas en los Planes 187 Viviendas, 62 Viviendas y 40 Viviendas Municipales de Caleta Olivia. El Dr. Albarrán, Juez Subrogante ordenó el reintegro a los damnificados de la posesión de las casas ocupadas ilegalmente.




El pasado miércoles 27 de abril se desarrolló una reunión en
la sede de la Unidad Regional Zona Norte de Policía en la localidad de Caleta
Olivia, de la cual participaron el Jefe de la Unidad, Comisario Abboud, el
comisario a cargo de la Seccional 5°, el Concejal Aybar a cargo del Ejecutivo
Municipal de Caleta Olivia, el Dr. Lacrouts, Secretario de Gobierno del
Municipio, los representantes del IDUV Sr. Aldaz e Inés Krissy personal
policial designado por el Comisario Abboud, informó el comunicado.


Se citó a dicha reunión en el marco de la Resolución
adoptada por el Dr. Albarrán, Juez Subrogante, que entiende en la causa de las
denuncias por usurpaciones ocurridas en los Planes 187 Viviendas, 62 Viviendas
y 40 Viviendas Municipales y ante el pedido de reintegro de la tenencia de las
viviendas realizado tanto por el Sr. Fiscal como por el IDUV y el Municipio de
Caleta Olivia (esto en el marco de lo normado por el art. 222 bis del CPP).
Dicha Resolución, ordena el reintegro a los damnificados de la posesión de las
viviendas que se encuentran usurpadas, y para ello indica una serie de medidas
a realizar.


En principio ordena al Jefe de la Unidad Regional Zona Norte
de la Policía de Santa Cruz que proceda a intimar a las personas mayores de
edad que se encuentren usurpando, para que en el plazo de 15 días corridos
procedan a abandonar las viviendas en cuestión junto con su grupo familiar,
bajo apercibimiento de proceder a desalojar las mismas con el auxilio de la
Fuerza Pública y en caso de que algunas de las personas restituya voluntariamente
el inmueble libre de ocupantes, autoriza al Comisario a coordinar con el IDUV y
el Municipio hacer entrega inmediata al ente de las viviendas recuperadas.
Luego ordena que en forma concomitante con las intimaciones y también durante
el plazo de los 15 días se inicie un proceso de mediación entre las personas
que actualmente se encuentran usurpando las viviendas en cuestión y los
damnificados, IDUV y Municipalidad a fin de agotar todos los medios pacíficos
tendientes a hacer cesar el delito de Usurpación que se investiga, con el
objetivo de hacer sólo uso racional, proporcional, gradual y necesario de la
Fuerza Pública.


También ordena Su Señoría notificar de las actuaciones que
se están llevando adelante a la oficina Municipal de Protección Integral de los
Derechos del Niño, Secretaría de Estado de Derechos Humanos de la Provincia de
Santa Cruz, Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Cruz
y  Secretaría de Acción Social de la
Municipalidad de Caleta Olivia para que tomen conocimiento a fin de adoptar las
medidas que consideren convenientes en el marco de sus competencias
específicas.


Y finalmente ordena que una vez realizadas las intimaciones
el Jefe de la Unidad Regional Zona Norte deberá informar al Juzgado la
totalidad de viviendas entregadas voluntariamente y las no entregadas así como
también deberá informar la planificación y forma en que se realizaría el
procedimiento de desalojo en caso de ordenarse con el auxilio de la Fuerza
Pública y con orden de allanamiento, teniendo presente que deberá realizarse
respetando los Derechos Humanos y la normativa vigente.





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