Nuevo decreto en Santa Cruz: mirá cuales son los horarios de circulación
El nuevo Decreto 989/21 prevé que se podrá circular por rutas de las 07 a 21 con certificado único habilitante para circulación en ciudad, localidad o paraje.
El artículo 13 del Decreto establece que la circulación de las personas por fuera del límite de la ciudad, localidad o paraje donde residan deberá hacerse de modo de transitar por la ruta en horario de 07 a 21 munidos del certificado habilitante para circulación emergencia COVID de orden provincial que los habilite al tal efecto y la declaración jurada de salud respectiva emitido conforme a las normas reglamentarias respectivas a los efectos de la trazabilidad.