Por el brote de Coronavirus, El Calafate da un paso atrás
El nuevo decreto que establece nuevas medidas para toda la provincia hasta el 11 de octubre, fue firmado este lunes. En El Calafate se vuelve a dividir la circulación par/impar. El horario comercial será de 10 a 20 hs. Bares, confiterías y cervecerías deberán cerrar sus puertas. También gimnasios y clubes. No se podrán usar parques ni plazas.
A través del Decreto Provincial N° 1135/20, el Gobierno Provincial adhirió al DNU N°754/20 de Presidencia de la Nación y se estableció el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) para todas las localidades del territorio provincial, con limitaciones especiales para Río Turbio, 28 de Noviembre, El Calafate, Comandante Luis Piedra Buena, Caleta Olivia y Los Antiguos; y el aislamiento social, preventivo y obligatorio para la capital provincial hasta el 11 de octubre.
DISPOSICIONES ESPECIALES DENTRO DEL DISTANCIAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO PARA LAS LOCALIDADES: RIO TURBIO - 28 DE NOVIEMBRE- EL CALAFATE-CMTE. LUIS PIEDRA BUENA-CALETA OLIVIA-LOS ANTIGUOS
Se Limita la circulación de personas de acuerdo a la terminación del número de documento nacional de identidad, conforme la siguiente modalidad:
1.- Los días lunes, miércoles y viernes documentos terminados en cero y números pares.
2.- Los días martes, jueves y sábados, documentos terminados en números impares.
3.- Los días domingo 27 de septiembre y 11 de octubre del corriente año documentos terminados en impar, y el día domingo 4 de octubre del corriente año, documentos terminados en cero (0) y números pares.
Quedan exceptuadas de la medida aquí dispuesta todas aquellas personas que efectúen tareas o presten servicios considerados esenciales o críticos.-
Actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios será en horario corrido desde las 10:00 hs hasta las 20:00 hs.
Se mantiene la prohibición de todo tipo de reuniones familiares y/o sociales
Se suspende el funcionamiento de casinos y salas de juegos
Se suspende la realización de las actividades deportivas en clubes y/o gimnasios
Se suspenden todo tipo de encuentros religiosos
Se suspende transitoriamente el funcionamiento, sin excepción alguna de bares, confiterías y cervecerías
Se prohíbe la utilización de espacios públicos recreativos tales como plazas, parques, circuitos y/o senderos, lagunas
Se Dispensa del deber de asistencia a su lugar de trabajo a los trabajadores estatales que presten funciones en la Administración Pública Provincial, Entes Autárquicos y/o Descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado, y personal docente dependiente del Consejo Provincial de Educación, hasta el día 11 de octubre inclusive .
Se exceptúa de la medida del párrafo anterior a las autoridades superiores de las delegaciones de los Ministerios y demás Organismos y Entes comprendidos en el presente, así como personal y autoridades superiores encuadrados en la Ley Nº 1831 hasta nivel Jefatura de Departamento, y Personal de Conducción y Coordinación del Consejo Provincial de Educación.
Se exceptúa también de la dispensa establecida a aquellos trabajadores que prestan servicios en áreas esenciales o críticas o de prestación de servicios indispensables
Se insta a la Municipalidad a adoptar idénticas medidas a las establecidas en los artículos 15, 16 y 17 del presente instrumento legal.-