Medidas

La presidenta presentó un plan para regularizar deudas con la AFIP

El plan de pagos que pondrá en vigor la AFIP tiene diferencias beneficiosas con respecto a anteriores regímenes similares, cantidad mínima de empleados ni mantenimiento de la nómina.


La presidenta
Cristina Kirchner anunció un plan para regularizar deudas con la AFIP para
aquellos empresarios que conserven la cantidad de personal.



El plan de pagos que pondrá en vigor la AFIP tiene diferencias beneficiosas con
respecto a anteriores regímenes similares, cantidad mínima de empleados ni
mantenimiento de la nómina.



Entre otras cuestiones que resultan novedosas respecto de otros planes de
facilidades, Alejandra Sarni y Guillermo Poch, de BDO Argentina, mencionaron
las siguientes:



- No se exige mantenimiento de nómina como causal de caducidad. Muchas
compañías no se acogían al plan permanente de las 6 cuotas porque en un
contexto de incertidumbre no podían comprometerse a mantener durante la
vigencia del plan, la misma nómina de empleados que la del período fiscal
inmediato anterior vencido a la fecha de adhesión.



- No requiere el cumplimiento del parámetro "ingresos o ventas". En
la actualidad sólo podían acogerse aquellos empleadores cuyos montos de venta o
ingresos brutos anuales no superasen los $ 50 millones en caso de
comercialización de bienes y los $ 30 millones en el caso de prestación de
servicios, con lo cual las grandes empresas no podían acceder a la financiación
con la AFIP.



- Cantidad mínima de empleados: se deja sin efecto el requisito por el cual se
exigía un mínimo 2 empleados registrados en el último período fiscal vencido en
el mes inmediato anterior al de la presentación del plan.



- No impide la adhesión al plan a aquellos sujetos denunciados penalmente por
infracciones a la Ley Penal Tributaria, cuestión que en el plan permanente
constituía una causal subjetiva de exclusión.



- Permite la inclusión de obligaciones regularizadas en planes de facilidades
de pago presentados a través de "Mis Retenciones" que se encuentren
caducos con anterioridad al 31 de marzo de 2015. Anteriormente este concepto
resultaba excluido, excepto que surgiese de un ajuste de inspección conformado.



Los beneficios del régimen consistirán en la posibilidad de obtener el
Certificado Fiscal para Contratar y la reducción de las contribuciones con
destino al Régimen Nacional de la Seguridad Social; regularizar lo adeudado en
concepto de sanciones correspondientes a los recursos de la seguridad social, y
el levantamiento de la suspensión que por la falta de pago hubiera dispuesto el
área aduanera en el Registro de Importadores y Exportadores.