Ministerio De Gobierno

Puntos salientes del proyecto de Ley de Seguridad Publica

La Gobernadora, la Dr. Alicia Kirchner, acompañada por el Ministro de Gobierno, Fernando Basanta, y por el Secretario de Seguridad, Lisandro de la Torre, presentó este mediodía el proyecto de Ley de Seguridad Pública que se envió al Poder legislativo para su tratamiento en la Cámara de Diputados provincial.



La ley de seguridad pública, consta en su estructura de 111 artículos,
que prevé una nueva organización del sistema. A través de tres ejes
estratégicos (seguridad preventiva, vial y sistema penitenciario) la
iniciativa apunta a optimizar el actual sistema y erradicar la
problemática desde una política integral, democrática y participativa.

Modernización del sistema policial

El proyecto sienta las bases para la modernización del sistema policial
provincial, especialmente la ley orgánica del personal policial,
implantando un Sistema de Seguridad Pública con representación de todos
los Poderes del Estado y la Comunidad.

Para ello se establece que la conducción política de la seguridad
pública en cabeza del Gobernador de la Provincia, quien será asistido en
este rol por el Ministro de Gobierno, y por consiguiente la función
orgánica y funcional será la del Secretario de Estado Seguridad, quien
ejercerá será el responsable de la conducción operativa del Sistema de
Seguridad.

Participación ciudadana

La propuesta apunta a estimular la intervención o participación
comunitaria en asuntos de seguridad pública y, particularmente, en el
diseño, implementación y evaluación de las políticas de seguridad. En
este sentido, la propuesta gira en torno a la conformación de nuevos
espacios de participación comunitaria que se efectiviza en la creación
de una nueva institucionalidad, como la actuación de los Foros de
Seguridad Ciudadana, a partir de los cuales se garantiza la
representatividad de los diferentes actores de la sociedad.

Las bases jurídicas e institucionales del sistema

El proyecto define el establecimiento de las bases jurídicas e
institucionales del sistema provincial, en lo referente a su
composición, misiones, funciones, organización, dirección, coordinación y
funcionamiento. Así como las bases para la formulación, implementación y
control de las políticas y estrategias de seguridad pública.

Igualdad de género

El capítulo VII, apunta a lograr la igualdad de género y la
representación de los ambos sexos tanto en cargos de conducción como en
todos los niveles, además de promover la modificación de patrones
culturales estereotipados que generan desigualdad.

Principios rectores de la actuación policial

El capítulo VII, establece los principios básicos de actuación policial
los cuales serán:  los de legalidad (adecuar las conductas a la
normativa vigente y los tratados de DDHH), oportunidad (evitar toda
actuación funcional innecesaria), razonabilidad (desarrollo razonable de
su actuación, evitando las conductas abusivas, arbitrarias o
discriminatorias), gradualidad (privilegiar las tareas disuasivas y
preventivas, preservando la vida de las personas) y responsabilidad (el
funcionario policial es  responsable penal y directamente de los actos
que llevare a cabo en su actuación profesional, sin perjuicio de la
responsabilidad que corresponda a la administración pública).

Creación del servicio Penitenciario Provincial

Se establece la creación del Servicio Penitenciario Provincial es sacado
de la órbita de la Policía de la Provincia, pasando a depender del
Ministerio de Gobierno, destinada a la guarda y custodia de procesados; y
condenados por la justicia.