Enfermera condenada por informar a un joven que el hijo que esperaba su pareja era de otro

La acusada consultó la historia clínica de la embarazada y le dijo al chico que el periodo de gestación no se correspondía con el tiempo que llevaban de relación. Pesa sobre ella el delito de descubrimiento y revelación de secretos.

Una enfermera de un centro médico de Lugo, España, fue condenada por avisar a un paciente al que conocía que el hijo que esperaba su pareja embarazada no era suyo.



El diario 'El Progreso' informó que "la acusada consultó la historia clínica de la embarazada y le dijo al chico que el periodo de gestación que revelaban las pruebas no se correspondía con el tiempo que llevaban de relación".



La enfermera fue acusada de un delito de descubrimiento y revelación de secretos.



La mujer embarazada denunció a la enfermera en 2019 por un delito de descubrimiento y revelación de secretos.



¿Qué dice el artículo 197 del Código Penal sobre el delito de revelación de secretos?



1.El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.



2. Las mismas penas se impondrán al que, sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado. Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero.



3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores.



Será castigado con las penas de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, el que, con conocimiento de su origen ilícito y sin haber tomado parte en su descubrimiento, realizare la conducta descrita en el párrafo anterior.



Le enfermera fue condenada a 2 años de cárcel (no tendrá que ingresar en prisión) y 1.500 euros de multa.



La Fiscalía pidió inicialmente cuatro años de cárcel y 3.000 euros de multa por daños morales.



Al final las partes llegaron a un acuerdo por el que la enfermera aceptó una condena de 2 años de cárcel (no tendrá que ingresar en prisión) y 1.500 euros de multa.


Más de Internacionales

Venezuela triunfó ante México y se metió en cuartos de final

Venezuela triunfó ante México y se metió en cuartos de final
Venezuela le ganó un partido cambiante a México y aseguró su clasificación para los cuartos de final de la Copa América: se impuso 1-0 con gol de Salomón Rondón, mientras que celebró de igual manera el penal que Rafael Romo le atajó a Orbelín Pineda a los 42 minutos del segundo tiempo. Y explotaron los festejos en el SoFi Stadium de Los Ángeles.