LEGALES

Asamblea Ordinaria de afiliados al SEM

Conforme al normado por nuestro Estatuto Sindical artículo 42° corresponde a la Comisión Directiva convocar a Asamblea Ordinaria de afiliados al SEM en un plazo no mayor a sesenta (60) días hábiles.

Redacción Nuevo Día
Redacción Nuevo Día
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Conforme al normado por nuestro Estatuto Sindical artículo 42° corresponde a la Comisión Directiva convocar a Asamblea Ordinaria de afiliados al SEM en un plazo no mayor a sesenta (60) días hábiles.

Que de acuerdo por lo normado en el Art. 35° del Estatuto Sindical, una vez fijado el cierre del ejercicio vencido, esta Comisión Directiva tiene la obligación de convocar a la Asamblea Ordinaria para poner a consideración de los Asambleístas Memoria y Balances del SEM "28 de Noviembre". 

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