Requisitos Para Salir Del País Y Autorizaciones De Menores

Qué documentos son necesarios para viajar al exterior



La
Dirección Nacional de Migraciones -dependiente del Ministerio del
Interior, Obras Públicas y Vivienda- recuerda cuáles son los documentos
hábiles para egresar del territorio argentino por alguno de los 236
pasos habilitados (vía aérea, terrestre, marítima o fluvial).



Argentinos:
podrán trasladarse con el DNI Digital (o Pasaporte) a países del
Mercosur (Brasil, Bolivia, Paraguay, Uruguay y Venezuela) y Estados
Asociados (Chile, Colombia, Ecuador y Perú). En caso de viajar a otros
países es necesario contar con el Pasaporte. Es importante insistir que
el único DNI válido es el digital (libreta celeste o tarjeta). Los
escritos a mano (tapa verde, bordó y libreta celeste), ya no son válidos
para egresar del territorio.



Extranjeros: los residentes
pueden viajar a las naciones sudamericanas citadas con DNI digital o
Pasaporte de su país. Se recomienda realizar las consultas a los
consulados de los países que pretenda visitar. En aquellos casos de
extranjeros que ingresaron en algunas de las categorías migratorias
(salvo "permanente”) y se hayan excedido en el plazo de permanencia
autorizada en el territorio, deberán tramitar la Habilitación de Salida
en cualquiera de las delegaciones o en las sedes administrativas
habilitadas por la DNM a tal efecto.



Menores de 18 años:
Además del documento de viaje habilitado (DNI Digital o Pasaporte),
necesitan autorización de acuerdo a distintas consideraciones:


-Si
el menor viaja con ambos padres bastará con que acrediten el vínculo
mediante Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado
de Nacimiento (sin importar la fecha de su emisión) o DNI del menor, en
donde consten los datos filiatorios de los padres.


-Si lo hace
sólo con uno de sus padres, además de demostrar la relación parental con
alguno de los documentos citados, deberá acompañar la autorización del
padre/madre ausente.


-Si es hijo de menores, necesitará la autorización de los padres y el permiso de uno de sus abuelos.


(Toda
esta documentación deberá ser presentada en original, o copias
debidamente legalizadas o certificadas. En aquellos casos de tratarse de
escrituras o instrumentos públicos o privados emanados por autoridad
extranjera deberá además contar con la traducción si no estuviere
redactado en idioma castellano, y legalizado o apostillado según
corresponda.)



Autorizaciones: Pueden ser otorgadas por:
escribanos, cónsules argentinos en el exterior, jueces competentes,
autoridades del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas,
agentes de esta Dirección Nacional, cónsules extranjeros en la Argentina
y jueces de paz.



La Dirección Nacional de Migraciones
cuenta con un servicio especial para el otorgamiento de esa
autorización, que tiene validez por un solo viaje y debe ser utilizada
dentro de los 30 días de su emisión. La tasa es de $ 600. Para
tramitarla deben estar ambos padres presentes, tener sus documentos de
identidad y un documento que acredite la filiación con el menor (Libreta
Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de
Nacimiento).Puede gestionarse en el Aeropuerto de Ezeiza, Aeroparque,
Puerto de Buenos Aires, Sede Central de Migraciones, en los pasos
fronterizos, delegaciones y oficinas migratorias del país. En días no
laborales o feriados puede tramitarse sólo en los pasos de salida del
territorio, incluyendo el Aeropuerto Internacional de


Ezeiza y
Aeropuerto Jorge Newbery. Caso idéntico con respecto a las
habilitaciones de salida, sumándose la oficina en la Terminal de Omnibus
de Buenos Aires.



A tener en cuenta: Cualquiera sea el
tipo de viaje, duración o destino, es imprescindible que el documento a
presentar esté en buen estado de conservación y tener en cuenta que las
constancias de DNI en trámite no son válidas como documentos de viaje. A
su vez, se recuerda que en todos los casos el trámite es personal y
presencial en los puestos de control migratorio.



Para mayor información visitá: www.migraciones.gov.ar

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