Paritarias Docentes

Adosac: “Borseli y Camino mienten”

Así lo dio a conocer la asociación Docentes de Santa Cruz mediante un comunicado. El Consejo Provincial de Educación se niega a dialogar y negociar en el ámbito de las paritarias, bastardeando, al mismo, mediante mentiras y engaños.

Como es de público conocimiento desde el Congreso Provincial Extraordinario en la localidad de Río Turbio realizado, el 20 de marzo de 2016, se rechazo la propuesta salarial.

Con fecha 21 de marzo se enviaron sendas notas a la Subsecretaria de Trabajo y al Consejo Provincial de Educación, donde no sólo se notificaba de la medida de fuerza, sino que también se solicitaba la inmediata convocatoria a una reunión paritaria, para formalizar la decisión de nuestro congreso, que ya era conocida por todos los medios de comunicación, y para que el gobierno mejore la propuesta.




Esta solicitud de reanudación de la reunión paritaria se repitió los días 28 y 30 de marzo, sin respuesta alguna
El presidente del Consejo Provincial de Educación, y el Subsecretario de Trabajo mienten, A.DO.SA.C tiene prueba de que las notas han sido recibidas por ambos organismos.

Lo que quieren ocultar es la negativa a negociar, su mala fe negocial, el ámbito para hacerlo es la reunión paritaria, donde se formalizan las propuestas, se rechazan, se argumentan, donde actúa la comisión negociadora formada a tal fin.




El Consejo Provincial de Educación incumple el artículo 9 de la Ley 2986
Artículo 9.- Las partes están obligadas a negociar de buena fe. Este principio comporta para las mismas los siguientes derechos y obligaciones:
a) La concurrencia a las negociaciones y a las audiencias citadas en debida forma;
b) La realización de las reuniones que sean necesarias, en los lugares y con la frecuencia y periodicidad que sean adecuadas;
c) La designación de negociadores con idoneidad y representación suficiente para la discusión del tema que se trata;
d) El intercambio de la información necesaria a los fines del examen de las cuestiones en debate;
e) La realización de los esfuerzos conducentes a lograr acuerdos que tengan en cuenta las diversas circunstancias del caso, con reconocimiento de las normas legales y presupuestarias vigentes.
Y configura una práctica desleal de acuerdo al artículo 53 inciso f) de la ley 23551 que establece:” Rehusarse a negociar colectivamente con la asociación sindical capacitada para hacerlo o provocar dilaciones que tiendan a obstruir el proceso de negociación"
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