El concejal Kingma propuso crear el Concejo Deliberante Estudiantil

 El concejal Juan Manuel Kingma propuso la creación del Concejo Deliberante Estudiantil como forma de promover el interés de los estudiantes en los espacios de participación y de la vida democrática de la comunidad. El proyecto tomará estado parlamentario en la sesión de este jueves.

Kingma consideró que el proyecto busca promover la participación y el interés de los estudiantes en los diferentes espacios de la ciudad, como también la capacidad crítica para debatir y elaborar Proyectos que contribuyan a mejorar la vida de la comunidad, consolidando los valores democráticos de los estudiantes y posibilitando la participación directa en el plano deliberativo, a través de propuestas viables.



“Es importante que el Concejo Deliberante Estudiantil permita  a los estudiantes aprender a confrontar ideas y opiniones diferentes, defendiendo las propias y logrando el consenso, ya que los  estudiantes son la base que hacen al presente y futuro de nuestra ciudad como a la construcción de nuestro país” dijo el edil.



Agregó además que “es necesario facilitarles a los estudiantes herramientas de participación  activa para fomentar una sociedad comprometida y participe en el ámbito público y así desarrollar un rol como ciudadanos pertenecientes a la misma”.



Consideró que la importancia de dicho proyecto es “la de intensificar la comunicación entre los estudiantes y los organismos de gobierno, que puedan estos ser protagonistas llevando adelante  Proyectos de Ordenanza que atiendan las diversas problemáticas y necesidades de la ciudad”.



Proyecto de Ordenanza.



ARTÍCULO  1º: CREÁSE el Honorable Concejo Deliberante Estudiantil en el ámbito del Concejo Deliberante de Rio Gallegos.



ARTÍCULO 2º: El mismo estará conformado por alumnos de los secundarios de Rio Gallegos,  de 3º, 4º y 5º año con un mandato de un (1) año de duración pudiendo ser reelectos.



ARTÍCULO 3º: LA Presidencia del Honorable Concejo Deliberante instrumentará anualmente la inscripción de los  alumnos/as  y todo lo relacionado con su funcionamiento.



a)            Las inscripciones se harán desde el 1º  del mes de abril hasta el último día hábil inclusive del mismo mes.



b)           Los establecimientos educativos secundarios deben elegir sus representantes,  un concejal titular y uno suplente. Así mismo  cada establecimiento designara un asesor.



 



ARTÍCULO 4º: EL Concejo Deliberante Estudiantil sesionara la última semana de los meses: junio, agosto, septiembre y octubre. Siendo una sesión preparatoria y tres ordinarias.



ARTICULO 5º: LOS representantes del Concejo Deliberante Estudiantil deberán cumplir con los siguientes requisitos:



•             Ser alumno regular del establecimiento educativo.



•             Tener entre 15 y 19 años.



•             Haber sido elegido como representante a través de una elección realizada en el establecimiento educativo.



ARTÍCULO 6º: EL Honorable Concejo Deliberante garantizara la coordinación y el óptimo funcionamiento de las tareas del concejo deliberante estudiantil, el cual contara con una “comisión” para dar seguimiento en la recopilación de información y la elaboración de los Proyectos. La comisión se reunirá los días que oportunamente establezca el Honorable  Concejo Deliberante y estará a cargo del Departamento de Comisiones.



ARTÍCULO 7º: EN la primera sesión preparatoria se designara Presidente entre los concejales titulares y secretario entre los suplentes, mediante voto secreto de nuestros ediles. El Presidente del Honorable Concejo Deliberante tomara juramento a los concejales estudiantiles.



ARTICULO 8º: Notifíquese del Proyecto “concejo deliberante estudiantil” a todos los establecimientos secundarios para una participación masiva de todo los estudiantes de la capital santacruceña.

 


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