Juez Arenillas resolvió impedir más ingresos, construcciones y un relevamiento en el predio usurpado en cercanías al Bicentenario

La resolución corresponde a los terrenos municipales cercanos al barrio Bicentenario. El juez  dispuso la realización de un  relevamiento de los usurpadores pero además la intervención de Asistentes Sociales del municipio y cerrar el acceso al lugar. Recomendó al Jefe de Policía llevar  adelante la medida  “lo más temprano posible”. 


 


 


El Juzgado Provincial de primera instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería a cargo del Dr. Enrique Arenillas,  resolvió en base a la denuncia que interpuso la municipalidad de Río Gallegos caratulada “ AUTOS. MUNICIPALIDAD DE RIO GALLEGOS C/OCUPANTES BARRIO BICENTENARIO MZA 4331 PARCELAS 3, 4 Y 5 S/ INTERDICTO DE RECOBRAR, EXPTE. Nº 24621/13”.


Así el juez dispuso  la “ prohibición de innovar tendiente a evitar el ingreso de nuevas personas, así como impedir la ejecución de cualquier acto y/o construcción de obras que puedan perturbar, limitar o restringir la posesión que ejerce la parte actora. A los fines solicitados y de dar cumplimiento con la medida ordenada, ofíciese a la Jefatura de Policía de la Provincia de Santa Cruz”.


En detalle, el magistrado dispuso en relevamiento de los ocupantes,  en dodne el “Oficial de justicia  deberá “dejar constancia de la cantidad de construcciones que se pudieren haber edificado, del estado en que se encuentren, si existen materiales de construcción, máquinas y/o vehículos dentro del predio, identificando de ser posible los mismos, y dejándose constancia también respecto si han procedido a cercar y cerrar calles linderas”.


Para agilizar esta tarea, resolvió “ disponer que las Asistentes Sociales del Municipio Local colaboren con el Oficial de Justicia designado para la recolección de los datos antes dispuesto en los puntos a) y d) de la presente; a cuyo fin deberá el apoderado del Municipio Local denunciar los nombres y datos de identificación de tales profesionales para consignarlo en el mandamiento y en el Oficio a librarse al Sr. Jefe de la Policia Provincial”.


 


Ante esto , el juez marco que el Jefe de Policía Provincial “disponga la cantidad de personal policial y de elementos, materiales que resulten necesarios para facilitar el cumplimiento de lo aquí dispuesto, lo que también incluye la designación de la cantidad de custodia que fuere menester para dar cumplimiento estricto a la paralización de los actos y obras que se están llevando a cabo en dicho predio, como también se evite el ingreso de nuevas personas, maquinarias y/o cualquier tipo de elemento a dicho lugar, debiéndose en caso de incumplimiento proceder a investigar de manera inmediata la posible comisión de delitos penales con anoticiamiento al Juez correspondiente”.


Finalmente, el juez  indicó que “deberá evaluarse si es necesario cerrar calles para evitar el tránsito de personas y/o vehículos y adoptar cualquier otra medida de seguridad que se considere adecuada, asegurando así al máximo posible el cumplimiento de las medidas judiciales aquí dispuestas” y recomendó al Jefe de Policía, que las medidas antes mencionadas “se practiquen durante el horario diurno, recomendándose que se organice los más temprano posible”. (El Diario Nuevo Día). 


 

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