ADOSAC reafirma denuncia contra la esposa de González

La ADOSAC respalda las denuncias realizadas por los vocales electos, presentadas como corresponde en todos los estamentos habilitados a tal fin, como así también en la justicia. 

En relación a las últimas declaraciones efectuados por el Senador Nacional, Dr. Pablo González, referidas a la denuncia efectuada por esta entidad gremial y los vocales electos en el CP.E,  con respecto al cobro de 12 (doce) horas cátedras como Docente  por parte de su cónyuge, Sra. Karina Saúl, actual vocal del Banco Santa Cruz designada para tal función por el Ejecutivo Provincial, la ADOSAC manifiesta:

Las expresiones del propio senador tratando de justificar lo injustificable, ratifican la denuncia realizada con respecto a la irregularidad de la designación mencionada. En situaciones normales, bastarían estas expresiones, para que actúen los órganos de contralor del Estado, a efectos de realizar la investigación pertinente y atribuir las responsabilidades correspondientes. En efecto, la aceptación de la  existencia de la designación de la propia boca del funcionario, implica que se violentó toda la normativa vigente y en especial la Ley 2250, que impide que cualquier funcionario designado cumpla otras tareas, mucho menos docentes.

Señala el Dr. González, que “su mujer es abogada, a quién se le requirió un asesoramiento en la Dirección General de Gestión Privada, una relación que según indicó terminó hace un mes. La labor que ella realizó fue por una equivalencia mínima en 12 horas cátedras, período en que asesoró al personal de dicha dirección en derecho laboral” (Diario Tiempo Sur, pág 6, 22/06/12).

En tal sentido, es menester manifestar, que la Dirección de Gestión Privada no tiene facultades para realizar ningún tipo de contratación de esta naturaleza, no existiendo ninguna Resolución de Presidencia del CPE que habilitara la misma. Es por demás llamativo que se justifique la designación bajo el pretexto de asesoramiento sobre “derecho laboral” (totalmente contradictorio por cierto con las acciones llevadas adelante que violan toda la normativa laboral vigente para el sector), cuando existe en el seno del Consejo una Dirección de Asuntos Jurídicos, que cuenta con 4 abogados para cualquier situación de esta naturaleza. La Dirección de Gestión Privada no es un ente autárquico, independiente del C.P.E., por el contrario se debe regir por la normativa que encuadra toda la organización administrativa del Sistema educativo.

Si hubiese ocurrido tal  asesoramiento el mismo debió encuadrarse en un CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS firmado por el PRESIDENTE DEL CPE, pagándose una retribución por sus servicios como MONOTRIBUTISTA, como ocurre en todas las demás contrataciones existentes y conforme a la Ley,  no como DOCENTE, tal como ocurrió en este caso y como se pretende justificar por parte del Dr. Gónzález.

En tal sentido no es cierto que la Sra. Saúl percibió un “equivalente”  mínimo a doce horas, sino que COBRO CON RECIBO DOCENTE DOCE HORAS CÁTEDRAS, cuando ello no correspondía. De hecho durante los 9 (nueve) meses en los que  ha “asesorado” a la Dirección de Gestión Privada, ha percibido a la fecha una suma de $ 31.469, 92 aproximadamente, con aportes a la CPS, percibiendo todos los ítems de salario docente, incluido “Estado Docente”.

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