Malestar por Leyes de registros identificación laboral y de empresas sancionadas

Se indicó que no sólo son anticonstitucionales, discriminatorias y antidemocráticas, sino que también vulneran la vasta legislación nacional y provincial en la materia. Desde la Federación Económica de Santa Cruz, se solicitará que las mismas sean vetadas por el Gobernador Daniel Peralta. 

La Federación Económica de Santa Cruz, se pronunció respecto de las Leyes de Registro Único de Identificación Laboral y de Identificación de Empresas y Afines, sancionadas hoy por la Legislatura santacruceña, inherentes a implementar una suerte nómina de empresas y de trabajadores que no sólo son anticonstitucionales, discriminatorias y antidemocráticas, sino que también vulneran la vasta legislación Nacional y Provincial en la materia y estructuralmente son de difícil aplicación, observaciones que fueron presentadas antes los Bloques del PJ y UCR, como así también a la Presidencia de la Cámara de Diputados, por lo que se solicitará al Poder Ejecutivo su veto inmediato.

Luego de señalar que dichos proyectos “no fueron analizados con los sindicatos que nuclean a los trabajadores ni con los empresarios y comerciantes que generan fuentes de trabajo, dado que los mismos repercuten directamente sobre estos sectores de la sociedad santacruceña”, Guillermo Polke – presidente de la FESC - explicó que “difícilmente puedan ser llevados adelante, ya que en la actualidad, el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado de Trabajo, no cuenta con las herramientas necesarias para atender lo que con estos proyectos se pretende aplicar, como delegaciones en todas las localidades y por ende personal, por lo que de esta manera sólo se tiende a burocratizar aún más los esquemas de empleo y producción”.

En particular y sobre la Ley que afecta a las Empresas y Afines, que crea un Registro bajo la órbita de la Secretaría de Estado de Trabajo, a partir del cual “deberán inscribirse todas las personas de existencia visible o ideal, tengan o no personería jurídica, sean públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que lleven a cabo cualquier tipo de actividad en la provincia”, se indicó que el mismo es “inconveniente, por cuanto al establecerse requisitos no establecidos por la legislación nacional, y que además involucra denunciar información alcanzada por el secreto comercial - tales como los Estados Patrimoniales y de Resultados - aparejará el efecto contrario a la pretendida radicación de Empresas en nuestra Provincia”.

Respecto de la legalidad de este Registro, desde la Federación se señaló que “el Estado Provincial goza de plena competencia para establecer los requisitos que han de observar quienes pretendan contratar con él, y es así que ha constituido el Registro de Proveedores del Estado”; como así también que al margen de la indebida técnica legislativa – como por ejemplo señalar “personas ‘visibles’”, o personas nacionales o extranjeras, que hace a un tema tan controversial, como la nacionalidad de las personas jurídicas, y el Proyecto de Ley no define ningún criterio - lo cierto es que la creación de un registro obligatorio de Empresas y Afines importa una violación a las competencias definidas por el Artículo 75, siguientes y concordantes de la Constitución Nacional al Congreso de la Nación”.

Con el objeto de ampliar estas afirmaciones, desde la FESC se recordó que los requisitos para que una persona jurídica o real pueda dedicarse a la actividad lucrativa o comercial, están fijados por el Código de Comercio, por el Código Civil, por la Ley de Sociedades Comerciales, etc.; y para que pueda intervenir como empleador, por la L.C.T., por la Ley N° 24.013, entre otras, por lo que queda claro que el Estado Provincial no puede imponer la inscripción obligatoria de ninguna persona para desarrollar su actividad económica, cuando no pretenda ser proveedor del Estado Provincial, y en todo aquello que exceda a sus obligaciones impositivas.

La Ley

Respecto de la Ley que crea el Registro de Identificación Laboral y Obligatorio – también bajo la órbita de la Secretaría de Estado de Trabajo – cuyo objetivo es que “toda persona física en el uso de sus derechos y obligaciones, deberá inscribirse en el Registro Único de Identificación Laboral y Obligatorio para poder prestar servicios o ser postulantes a cubrir cargos o desempeñar tareas” en los ámbitos de los poderes Judicial, Legislativo y Ejecutivo, Entes descentralizados, Municipios, Empresas del Estado y Empresas Privadas, cooperativas entre otros, se observó que las relaciones laborales en estos ámbitos se rigen por la Ley N° 19.550 de Sociedades Comerciales, por la Ley de Contrato de Trabajo (Ley N° 20.744) y por la Ley de Cooperativas.

Sumado a esto, se recordó que las condiciones para la incorporación de personal a tales Entidades es materia de reglamentación que le compete en forma exclusiva al Congreso de la Nación, tal lo establece el Art. 75 de la Constitución Nacional, por lo que generar un Registro de Incorporación al empleo es, a todas luces, inconstitucional, ya que incursiona en materia que es reservada al Estado nacional, además de que interfiere en las autonomías municipales, teniendo en cuenta que la condición para la generación de empleo público en ese ámbito se encuentra regida por la Ley 55, además de ser violatoria de las autarquías municipales que establece la propia Constitución Provincial, ya que es una prerrogativa inalienable de estas últimas fijar las condiciones para el ingreso de sus empleados.

Respecto del apartado que requiere que el trabajador indique su lugar de procedencia, se señaló que el mismo “es violatorio del Artículo 16 de la Constitución Nacional - principio de igualdad de tratamiento - ya que en la mayoría de los trabajos que se ejecutan en nuestra Provincia, es indistinto el lugar de origen o procedencia de las personas, y uno de los principios más caros de nuestra Constitución Nacional, que está reconocido en su mismísimo Preámbulo, por lo que la información que aquí se critica, irrita gravemente a uno de los pilares de nuestra República”, se señaló desde la Entidad empresaria.

Finalmente, desde la Federación Económica de Santa Cruz, cuya presidencia recae en el empresario Guillermo Polke, se señaló que se buscará que el Poder Ejecutivo de la Provincia, vete estas Leyes, ya que “consideramos que las mismas no sólo son anticonstitucionales, discriminatorias y antidemocráticas, sino que también vulneran la vasta legislación Nacional y Provincial en la materia”.

 

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