Según ADOSAC, una norma en Gobernador Gregores, prohíbe realizar reuniones y reclamos

Se trata de la ordenanza nº501  sancionada el 21 de abril en el Concejo Deliberante  de dicha localidad, la cual prohíbe, según el gremio, el derecho a reunión y peticionar ante autoridades.  Advierten que es “una legislación propia de la dictadura”.  

 

El artículo nº3 de la ordenanza prohíbe el entorpecimiento   de la circulación de calles, veredas o en instituciones  de dominio público dentro l ejido urbano de  la municipalidad de Gobernador Gregores, lo que para el gremio impide la realización de reclamos y de reunión para la protesta.

“Desde ADOSAC no solo repudiamos una legislación propia de la dictadura sino además exigimos que esta clase de ordenanzas que violentan el derecho a  cualquier tipo de manifestación popular sean derogadas de manera inmediata y no representen un antecedente nefasto en el devenir democrático”, señalaron  mediante un comunicado.

Además recordaron que “ el derecho de reunión no solamente tiene base en el Art. 33 de la Constitución, sino además en el artículo 22 de la carta fundamental. Ello pues si bien este artículo indica que todo tipo de reunión que no atienda a los fines vedados por la Constitución está expresamente permitida. La Corte Suprema de Justicia lo ha calificado como un derecho esencial y primario, pues más que una prerrogativa concreta y aislada, constituye la condición normal para el ejercicio de los demás derechos”. (El Diario Nuevo Día).

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