Honorable Cámara De Diputados

Diputados modificó la Ley de Impacto Ambiental

Fue impulsada por el legislador Carlos Albrieu. Al momento de presentar el Estudio de Impacto del proyecto a desarrollo, se deberán identificar las fragmentaciones a realizarse sobre el campo, a los efectos de evitar crisis de biodiversidad.

El diputado del Frente para la Victoria, Carlos Albrieu, impulsó este jueves la sanción de una modificación a la Ley de Impacto Ambiental 2658, buscando que las actividades productivas, al momento de presentar el Estudio de Impacto Ambiental que se requiere para el inicio de la obra "presenten un análisis espacial de minimización de la fragmentación de hábitat”.



A partir de la modificación del Inciso d del Artículo 11 de la Ley, Albrieu, se incorpora que "la fragmentación es un proceso de cambio que implica la aparición de discontinuidades en los hábitats”, agregando que esta fragmentación impacta en "lo que era originalmente una superficie continua de vegetación, se transforma en un conjunto de fragmentos desconectados y aislados entre sí” una de las causas principales de la actual crisis de biodiversidad.



Específicamente, el legislador explicó que "los procesos responsables de esta pérdida son múltiples y difíciles de separar – como pérdida regional de hábitat, insularización causada por la reducción y el aislamiento progresivo de los fragmentos de hábitat, efectos de borde, introducción de especies exóticas, entre otros - y han sido particularmente estudiados por los impactos negativos que producen”, sumados a la "aceleración de los procesos de desertificación, lo que lleva a una pérdida de la productividad de estas áreas”.



Con el objetivo de graficar esta modificación a la Ley, y la importancia de la identificación de la fragmentación del campo en el que se desarrollan las actividades para evitarlos, Albrieu "en todos los sitios donde se produce la fragmentación de hábitat, las especies que componen estos ecosistemas se encuentran sufriendo un retroceso en su número poblacional, esto incluye tanto a la flora como a fauna silvestre. Producto de que merma el territorio disponible para que vivan y porque se enfrentan a una creciente atomización de sus poblaciones”.



Finalmente, se informó que de esta manera, la Autoridad de Aplicación, que recae en la Subsecretaría de Medio Ambiente, será la que deberá prestar especial atención al momento de evaluar los Estudios de Impacto Ambiental y lo que se informe respecto de las posibles fragmentaciones al campo que puedan realizarse.


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