La AFIP lanzó un plan de facilidades de hasta 60 cuotas para saldar deudas impositivas

Las mayores ventajas son para pymes, monotributistas y autónomos. Detalles de la propuesta.

Dentro del paquete de medidas anunciado por el Gobierno para contener la inflación y lograr la reactivación económica, se incluyó un nuevo plan de pagos para quienes mantengan deudas impositivas. Lo más interesante de este anuncio es que la AFIP ofrecerá planes de hasta 60 cuotas y a una tasa que, para el caso de pymes calificadas formalmente como tales, monotributistas y autónomos, será de 2,5% mensual como máximo, es decir bien por debajo de las tasas actuales de mercado y, en definitiva, muy inferiores a la tasa de inflación que se está observando en estos meses.



En la AFIP remarcaron que, en términos financieros, resulta una opción muy conveniente para quien tenga en sus planes regularizar la situación ante el fisco.



En ese sentido, las pymes -solo aquellas calificadas como tales por la Secretaría PYME- podrán acceder al plan de hasta 60 cuotas pagando a manera de “anticipo” solo el 1% de la deuda. Para el resto de los contribuyentes el plazo máximo se acorta a 36 y 48 cuotas según el porcentaje de pago a cuenta que abonen al inicio del plan acordado.



- Se pueden incluir en el plan obligaciones impositivas y previsionales vencidas al 31 de enero de 2019.



- Pueden adaptarse a las nuevas condiciones los denominados “planes puente” vigentes (que fueron concertados a plazos más cortos y tasas más altas) así como cuotas a vencer y planes caducos al momento de la implementación Para refinanciar los planes puente, el pago a cuenta nunca podrá ser inferior al 20%.



- Se podrá tomar un plan de pagos de hasta 60 cuotas, variables según el porcentaje de la deuda que que se pague de entrada y el tipo de contribuyente.



- El monto de la cuota resultante no podrá ser inferior a los 1.000 pesos.



- La primera cuota vencerá el 16 de septiembre.



La adhesión al plan se podrá hacer desde el 15 de mayo. Ese día habrá que pagar el monto del pago a cuenta, y hasta el 16 de septiembre los intereses sobre el saldo deudor se calcularán a una tasa preferencial, menor a la actual.



- Para contribuyentes no incluidos en el universo “pymes, monotributistas, autónomos) la tasa de interés será variable y se calculará como una fracción (60%) de la cuota de de la tasa TM20 (tasa de bancos mayoristas) vigente. La tasa para estos planes se recalculará (para arriba o para abajo) cada tres meses, pero tendrá como tope la denominada “tasa resarcitoria” que aplica la AFIP. Tomando como referencia la TM20 de hoy, (52,56), la tasa para los planes que toman la TM20 como referencia sería del 31,5%.



Hoy la AFIP computa una deuda vencida del conjunto de los contribuyentes cercana a los 115.000 millones de pesos. A eso, hay que agregar la deuda que se negocia en el tribunal fiscal de la Nación, que trepa a los 80.000 millones.



En el organismo recaudador calculan que unos 700.000 contribuyentes estarían en condiciones de adherir a este nuevo plan. (Fuente: clarin.com)


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