El nuevo piso del Impuesto a las Ganancias subiría a $2,6 millones desde agosto
El INDEC informará hoy la inflación de junio. Con ese dato se actualizarán los mínimos y escalas de Ganancias y Monotributo desde agosto.
Este lunes, el INDEC publicará el índice de inflación de junio, clave para definir los nuevos montos del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias y las escalas del Monotributo. Ambas actualizaciones impactarán desde agosto y se basan en el alza de precios acumulada en el primer semestre del año, en el marco de la reforma fiscal aprobada en 2024.
Desde este año, los valores se ajustan dos veces por año -en enero y julio-, con base en la inflación del semestre previo. Así, se prevé un incremento del 15% para Ganancias y Monotributo, considerando estimaciones privadas que proyectan una suba del 2% en junio, que se suma al 13,3% acumulado hasta mayo.
Cómo quedaría el nuevo mínimo no imponible y las escalas
Con el ajuste del 15%, el piso a partir del cual se comienza a tributar Ganancias pasaría a $2.627.906 brutos mensuales para trabajadores solteros sin hijos, y a $3.450.000 para casados con dos hijos. Este incremento también se verá reflejado en las deducciones y escalas del impuesto.
"El ajuste recién impactará en el bolsillo a partir de agosto, aunque rige desde el 1 de julio", explicaron fuentes del Ministerio de Economía.
En cuanto al Monotributo, se actualizarán los topes de facturación, el valor de las cuotas mensuales y los aportes previsionales y a obras sociales. Por ejemplo, la categoría A pasará de un tope anual de $7.813.063 a $8.985.022,96, mientras que la categoría K llegará a los $94,7 millones.
Cuánto se pagará de Monotributo desde agosto
Con el aumento proyectado, las cuotas mensuales también se elevarán:
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Categoría A: de $32.221,31 a $37.054,50
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Categoría B: de $36.679 a $42.180,85
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Categoría H (bienes): de $206.815,63 a $237.837,97
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Categoría K (servicios): de $525.289,18 a $1.207.872,31
Además, la AFIP habilitará el trámite de recategorización del 15 al 20 de agosto. Es obligatorio realizarlo si hubo cambios en los ingresos, local, energía o alquileres durante los últimos 12 meses. Si no se actualiza, se considera que el contribuyente permanece en su categoría actual.
"El sistema se vuelve más dinámico y previsible, pero hay que estar atentos a las fechas para evitar sanciones", recordaron desde ARCA.