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El TSJ suspendió por cuatro meses la aplicación de la Ley que ampliaba su composición

El Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Asociación Gremial de Empleados Judiciales "3 de Julio", suspendiendo por cuatro meses la aplicación de la Ley Provincial N° 3949, que ampliaba de cinco a nueve el número de vocales del máximo tribunal. Además, prohibió tomar juramento a los nuevos miembros designados por la Legislatura.

Redacción Nuevo Día
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El Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la Asociación Gremial de Empleados Judiciales de la Provincia "3 de Julio", que promovió una acción de inconstitucionalidad contra la Ley Provincial N° 3949.

Esta norma había sido sancionada recientemente por la Legislatura y promulgada por el Decreto N° 0768/25, con el objetivo de ampliar de cinco a nueve el número de vocales del máximo órgano judicial de la provincia.

En su resolución, los jueces Renée Guadalupe Fernández, Alicia de los Ángeles Mercau, Paula Ludeña Campos, Fernando Miguel Basanta y Romina Vanessa Saúl, junto a la secretaria Marcela Silvia Ramos, dispusieron "la suspensión provisional de los efectos de la Ley Provincial N° 3949 por el plazo de cuatro meses", manteniendo de manera transitoria la integración anterior establecida en la Ley Orgánica de la Justicia N° 1600.

Prohibición de juramento y actos administrativos

En el mismo fallo, el Tribunal ordenó la prohibición de tomar juramento a los doctores Gabriel Nolasco Contreras Agüero y Juan Lucio Ramón De la Vega, designados por la Cámara de Diputados durante la sesión extraordinaria secreta del 25 de septiembre.

La medida alcanza a cualquier acto conducente a su incorporación, incluidos los trámites de comunicación, protocolización y registro, con el fin de garantizar la neutralidad institucional hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

Preservar la independencia del Poder Judicial

El pronunciamiento judicial surge en el marco de una acción de inconstitucionalidad con incidente cautelar presentada por el gremio "3 de Julio", que considera que la Ley 3949 vulnera la autonomía del Poder Judicial.

Según los fundamentos de la resolución, el TSJ busca preservar "la jurisdicción y la independencia del Poder Judicial frente a eventuales acciones de otros poderes del Estado que puedan comprometer su estructura institucional".

La decisión del tribunal vuelve a encender el debate sobre los límites entre los poderes en Santa Cruz y marca un precedente relevante en materia de control judicial de constitucionalidad.

(Fuente: El Diario Nuevo Día)

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