Fallo judicial suspendió el cese de las vocales del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz
La disputa por las jubilaciones de tres vocales del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz sumó un nuevo capítulo judicial. Un fallo dictado por el juez Luis Manuel Cappa hizo lugar a una medida cautelar interina presentada por Renée Guadalupe Fernández y suspendió los efectos del Decreto Provincial N° 608/24 y del Acuerdo N° 1397/26 de la Caja de Previsión Social en lo que respecta a su situación. La resolución permite que tanto ella como las letradas Paula Ludueña y Alicia Mercau, continuar en el ejercicio pleno de sus funciones mientras se resuelve la cuestión de fondo.
La controversia por las jubilaciones de tres integrantes del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz sumó un nuevo capítulo. Luego de que la Caja de Previsión Social avanzara con los beneficios previsionales de Renée Guadalupe Fernández, Alicia de los Ángeles Mercau y Paula Ludueña, la Justicia dictó una medida cautelar que, en el caso de Fernández, suspendió los efectos de la decisión administrativa que podía derivar en su cese como integrante del máximo tribunal provincial.
El conflicto se originó a partir de la aplicación del Decreto Provincial N° 608/24 y de las decisiones adoptadas posteriormente por la Caja de Previsión Social. Las tres magistradas cuestionaron el procedimiento y plantearon que el reconocimiento de un beneficio jubilatorio no puede derivar automáticamente en la separación de una jueza de su cargo. La discusión abrió un fuerte debate institucional por la integración del Tribunal Superior y las garantías vinculadas a la inamovilidad de los magistrados.
El fallo que frenó el cese de Renée Fernández
La resolución judicial, firmada por el juez Luis Manuel Cappa, hizo lugar a una medida cautelar interina solicitada por Renée Guadalupe Fernández. En concreto, dispuso la suspensión de la aplicación del Decreto Provincial N° 608/24 y del Acuerdo N° 1397/26 de la Caja de Previsión Social, exclusivamente en cuanto su aplicación pueda producir o hacer efectivo el cese de la magistrada en su cargo como miembro del Tribunal Superior de Justicia.
El fallo también estableció la prohibición de innovar respecto de la designación de un nuevo magistrado o magistrada en reemplazo de Fernández hasta que se resuelva la cuestión de fondo y se dicte sentencia.
Además, el juez ordenó que no se considere producido el cese de "pleno derecho" de la vocal, prohibió dar de baja sus haberes de actividad y dispuso que no se pongan en marcha mecanismos de reemplazo, ni se envíen pliegos ni se declare vacante el cargo.
Podrá continuar en funciones mientras avance la causa
Uno de los puntos centrales de la resolución establece expresamente el mantenimiento de Renée Guadalupe Fernández en el ejercicio pleno de sus funciones como vocal del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz y también de las restantes dos juezas.
El juez también hizo saber al Poder Ejecutivo Provincial y a la Caja de Previsión Social que deberán abstenerse de realizar actos materiales o administrativos derivados de las normas cuya aplicación fue suspendida en este caso.
La medida cautelar tendrá una vigencia de 60 días. Durante ese plazo, la Justicia deberá avanzar en el tratamiento de la cuestión de fondo, mientras que las autoridades demandadas fueron requeridas para presentar el informe correspondiente dentro de los plazos establecidos.
Un nuevo capítulo en el conflicto por las tres vocales
La situación judicial de Fernández se produce en el marco de la controversia que involucra a las tres vocales alcanzadas por las resoluciones jubilatorias: Renée Fernández, Alicia Mercau y Paula Ludueña. La Caja de Previsión Social había otorgado los beneficios en un proceso que las magistradas cuestionaron, mientras que desde el organismo previsional sostuvieron que los expedientes habían sido iniciados previamente y que se cumplían los requisitos para acceder a la jubilación.
El nuevo fallo conocido ahora representa un freno concreto a cualquier medida que implique el apartamiento de las vocales de su cargo mientras continúe vigente la cautelar. La resolución, además, aclara expresamente que no implica un pronunciamiento definitivo sobre el fondo del conflicto, que deberá ser analizado en la sentencia correspondiente.
(Fuente: El Diario Nuevo Día)

