Tramitá tu Prestación por Desempleo en la Anses

Los trabajadores en relación de dependencia despedidos sin justa causa, pueden acceder a un cobro mensual de la Anses y conservar su obra social.

La Prestación por Desempleo es un plan social de la Administración Social de la Seguridad Nacional (Anses) que comprende de un cobro mensual y sirve para trabajadores en relación de dependencia que fueron despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas al trabajador, comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013.



A quiénes les corresponde la Prestación por Desempleo de la Anses



Trabajadores en relación de dependencia comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013.



Cuáles son los requisitos para la Prestación por Desempleo de la Anses



Trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.



Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.



Documentación a presentar ante la Anses



DNI (original y copia)



Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:



Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma del empleador.



Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.



Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.



No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.



Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.



El trabajador cobraba por una Aseguradora de Riesgos del Trabajador (ART) al momento de producirse la finalización del trabajo: alta médica definitiva o resolución por la que se determina un grado de incapacidad laboral permanente definitiva inferior al 66%. Si el porcentaje es mayor y se encuentra tramitando el Retiro por invalidez, deberá presentar un certificado médico de aptitud laboral acorde a su salud.



El trabajador tenía una enfermedad no adjudicable al ámbito laboral al momento de producirse la finalización del trabajo: certificado médico de aptitud laboral.



Cuál es el monto



El monto y la cantidad de cuotas (entre 2 y 12) se calculan según tus ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 3 años. Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.



Medios de cobro



A partir de mayo de 2020, la Anses gestiona la apertura de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social para cobrar esta prestación. De este modo, podrás retirar el dinero por ventanilla en la sucursal bancaria. Posteriormente, el banco te entrega la tarjeta de débito para operar a través de los cajeros automáticos.



Deberás presentarte en la sucursal bancaria asignada para formalizar la apertura de la Caja de Ahorro y recibir la tarjeta. Recordá que debido al aislamiento social, preventivo y obligatorio deberás sacar turno en el banco para ser atendido.



Si en algún momento percibiste una prestación de la Anses a través de una cuenta bancaria cobrarás en esa cuenta. Si tenés una cuenta particular, podés solicitar al banco que la modifique como Cuenta de la Seguridad Social.



El trámite



Durante el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio este trámite se realiza mediante la presentación de documentación a través del sistema de Atención Virtual.



Si hubo un cruce de telegramas con tu empleador, deberás realizar un trámite previo.


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