En diciembre aumentarán las jubilaciones y asignaciones: cuándo será y cuáles son los montos

Será el cuarto aumento del año para los jubilados de ANSES, en línea con los incrementos trimestrales. El jueves se conocerá el índice de salarios de septiembre publicado por el INDEC que permite actualizar el valor de los haberes mínimos.

A partir del 1° de diciembre, las pensiones, Asignación Universal por Hijo (AUH), jubilaciones y otras asignaciones tendrán un aumento en la fórmula de movilidad. Este jueves 11 de noviembre el INDEC publicará el índice de salarios de septiembre para conocer el dato fundamental que permita aplicar la actualización de ingresos de aproximadamente 18 millones de personas. 



Desde la ANSES estiman que el cuarto aumento que tendrán estos pagos podrán empatar o superar de manera mínima las números de la inflación 2021 que llega a 37% y alcanza el 52,5% interanual.



Para tener un estimativo de esta suba que ocurrirá en el mes de las fiestas, desde el organismo estatal esperan la publicación del índice de salaros de septiembre del INDEC. A partir de ese dato se conocerá la actualización de ingresos que, entre jubilados, pensionados y beneficiarios de distintas asignaciones llegan a 18 millones de personas y rondaría el 11%.



Hasta hoy, los jubilados y diferentes beneficiarios de ANSES tuvieron aumentos cada tres meses a los que se sumaron los bonos para los ingresos mínimos. En marzo, la suba rondó el 8,8%, en junio el 12,12% y en septiembre el 12,4%. En los meses de marzo, abril y agosto hubo un refuerzo de haberes para los salarios mínimos dictaminados por el ejecutivo nacional.



En Argentina, el sueldo mínimo de jubilados y beneficiarios llega a $25.922 y durante el 2021 las diferentes subas alcanzaron un 36,2% contra un inflación de un 37%, 8 puntos más de las estimaciones que el año pasado había calculado el ministro de Economía, Martín Guzmán, para el presupuesto de este año con una pandemia más controlada. 



Con todo, el aumento de diciembre debería alcanzar un porcentaje aproximado del 11% para empatar la dinámica subida de precios o al menos empatar esos números. De esa manera, el haber mínimo escalaría a valores entre $28.770 y $29.030 desde el 1 de diciembre. 



De acuerdo al diagrama del gobierno nacional, el próximo aumento del salario mínimo será en marzo del 2022.



Número de la movilidad jubilatoria



Este sistema tiene una actualización automática cada tres meses mediante una fórmula donde se conjugan el valor de los salarios del trimestre previo junto con la recaudación de la ANSES. 



Esta fórmula de movilidad jubilatoria para adultos mayores y diferentes beneficiarios surge comparando los índices de los salarios y se toma el mayor. Por un lado se toma la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), que actualiza el monotributo y el impuesto a las ganancias. 



De este número que recopila el Ministerio de Trabajo se conoció que la suba llegó al 10,6%. El otro índice que se contempla para la actualización trimestral es el Coeficiente de Variación Salarial (CVS), el cual es difundido por el INDEC y ajusta el capital de los créditos para viviendas de los planes Casa propia y ProCrear.



ANSES y un pago extra de $35.000



El organismo encabezado por Fernanda Raverta anunció la semana pasada que realizará un pago extraordinario para determinados beneficiarios de asignaciones sociales y, en ciertos casos, ese bono puede llegar a los $35.000.



Para acceder, los trabajadores en relación de dependencia deben ser parte de unos de los programas que otorga la agencia de gobierno para familias con ingresos de hasta $210.278 que cumplen con ciertos requisitos. De esta manera, los montos quedaría diagramados de la siguiente manera:



- Asignación Familiar por Adopción: $35.312



- Asignación Familiar por Matrimonio: $8.841



- Asignación Familiar por Nacimiento: $5.904



Por otro lado, se especificó que además de tener como requisito la relación de dependencia y la integración en alguno de los programas de ANSES, los aspirantes al pago extraordinario deberán formar parte de alguno de los siguientes grupos:



- Trabajadores en relación de dependencia y quienes cobren a través de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (comprendidos en Ley 24.714)



- Trabajadores monotributistas



- Personas que cobren la Prestación por Desempleo



- Personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur



- Personas que cobren una Pensión No Contributiva por Invalidez o asignación por trasplante



- Jubilados y pensionados


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