La Cámara de Apelaciones revocó el fallo que favorecía a Valdocco y respaldó al CPE
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Primera Circunscripción Judicial anuló la sentencia del juez Bersanelli que había favorecido a la Fundación Valdocco. Los jueces advirtieron graves irregularidades en el manejo de fondos y remarcaron que la rendición de cuentas es una obligación esencial en la gestión de recursos públicos.
La Cámara de Apelaciones resolvió declarar improcedente el amparo presentado por la Fundación Valdocco, revocando el fallo de primera instancia que la había beneficiado. Fue informado por el propio Gobierno de Santa Cruz mediante un comunicado oficial. Allí, señalaron que los jueces Eduardo G. López y Carlos E. Arenillas consideraron que la institución utilizó la vía del amparo como un "atajo" para exigir fondos millonarios, continuidad de tecnicaturas y sueldos sin cumplir con los requisitos básicos de rendición y transparencia.
Irregularidades expuestas
El tribunal señaló una serie de incumplimientos graves por parte de la Fundación Valdocco:
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Falta de rendiciones de fondos públicos desde 2022.
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Mandatos vencidos desde 2023.
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Inconsistencias en el personal, con designaciones duplicadas y nombramientos irregulares.
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Inscripción de alumnos en carreras sin validez nacional.
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Una causa penal abierta en Caleta Olivia por el manejo de recursos destinados a alimentación, en la que se denunció haber declarado 201 beneficiarios cuando en realidad se constataron solo 25.
Para los camaristas, la sentencia de primera instancia fue "arbitraria y desprovista de fundamentos" porque ordenaba pagos sin verificar previamente el cumplimiento de la institución y sin garantizar los mecanismos de control sobre el uso de fondos públicos.
El rol de los funcionarios y la medida preventiva
El fallo también remarcó la responsabilidad de los funcionarios públicos en el control de recursos: "La rendición de cuentas no es un mero formalismo, sino una obligación esencial en el manejo de fondos públicos", sostuvo la Cámara. En ese sentido, señaló que ningún magistrado ni funcionario puede avalar la omisión de esos controles.
Aunque rechazó el amparo, el tribunal dictó una medida preventiva: la Fundación deberá informar la nómina real de beneficiarios y el Estado tendrá la obligación de garantizar la asistencia alimentaria exclusivamente a esas personas, con rendición detallada de cada gasto.
La fundación está dirigida por el Padre Juan Carlos Molina, actual candidato a diputado nacional por Fuerza Santacruceña. De hecho este conflicto judicial, provocó, según el propio Molina, que se le pidan ser el candidato a la legislatura nacional.