La Corte Suprema de la Nación falló a favor del aumento de miembros del Tribunal Superior de Justicia
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió un conflicto institucional en Santa Cruz al revocar una sentencia del Tribunal Superior provincial que había declarado inconstitucional la ley 3949. La norma amplió la integración del Superior Tribunal de Justicia de cinco a nueve miembros.
La Corte Suprema analizó los recursos presentados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz, que había declarado inconstitucional la ley 3949. Esa norma modificó la Ley Orgánica de la Justicia y elevó de cinco a nueve el número de vocales del máximo tribunal provincial.
En su resolución, el alto tribunal nacional consideró que el fallo local presentaba "graves defectos de fundamentación" y que la cuestión tenía trascendencia institucional, al estar en juego la correcta integración de uno de los poderes del Estado provincial. En ese marco, declaró admisibles las quejas, hizo lugar a los recursos extraordinarios y dejó sin efecto la sentencia apelada.
La cuestión de la legitimación del gremio
El eje central del pronunciamiento fue la falta de legitimación de la asociación gremial que impulsó la acción de inconstitucionalidad. La Corte sostuvo que no se acreditó un interés "personal, directo y concreto" que justificara su intervención judicial.
En ese sentido, el fallo remarcó que la pretensión no estaba vinculada a derechos laborales específicos de los trabajadores judiciales, sino a la defensa de principios generales como la independencia judicial y la forma republicana de gobierno. Según el tribunal, ese interés es compartido por toda la ciudadanía y no otorga un "estatus especial" para litigar.
Además, el máximo tribunal descartó que existiera una afectación concreta a las condiciones de trabajo o al salario de los empleados judiciales, al considerar que el eventual impacto presupuestario era remoto e hipotético.
La nueva integración del Superior Tribunal
Con la decisión de la Corte, la ley 3949 recobra plena vigencia. Esto implica que los cuatro vocales designados en el marco de la norma quedan habilitados para asumir sus cargos, tras el cumplimiento de los requisitos formales correspondientes.
De esta manera, el Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz pasa a estar integrado por nueve miembros, conforme al esquema previsto por la legislación provincial vigente. La resolución también dispuso que los nuevos integrantes intervengan en todas las decisiones del cuerpo.
En el tramo final del fallo, la Corte dejó sin efecto la sentencia provincial y rechazó la demanda, con costas. Asimismo, ordenó la devolución de los depósitos efectuados en las quejas presentadas en la causa. (Fuente: El Diario Nuevo Día)

