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Monotributo 2024: mirá las personas que no están obligadas a pagarlo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comunicó cambios en el monotributo actual, la cuota fija que contiene impuestos y aportes para la jubilación junto a la obra social. Debido a estos cambios, algunos quedarán exentos de pagarlo.

Redacción Nuevo Día
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Está enmarcado en la Ley 27.743 denominada "Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes" aprobada en el mes de junio por el Congreso nacional y que es una herramienta esencial para el organismo tributario que conduce Florencia Mishari.

Uno a uno los grupos que no deberán pagar el Monotributo

Las siguientes personas que no deberán abonar este incremento en el noveno mes del año serán las siguientes:

-Trabajadores independientes promovidos

-Asociados a cooperativas: están exentos siempre que sus ingresos brutos no superen el máximo establecido para la categoría A.

-Locadores de bienes inmuebles: quienes se dediquen exclusivamente al alquiler de inmuebles (sin importar el destino del bien) y mantengan en locación no más de dos propiedades

-Inscriptos en el Registro Nacional de Efectores: mientras sus ingresos brutos no excedan los valores de la categoría A, no deben pagar el impuesto.

-Productores primarios: aquellos cuya actividad principal sea el cultivo de tabaco, caña de azúcar, yerba mate o té, y cuyos ingresos brutos no superen los valores de la categoría D, quedan exceptuados.

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