Pedro Muñoz solicitará testeos preventivos de COVID-19 para grupos de riesgo en Río Gallegos

El edil del CC – ARI también pedirá prorrogar excepcionalmente por un año los plazos para la aprobación de planos, inicio y ejecución de obras.

En el marco de la sesión que se desarrollará mañana en el Concejo Deliberante de la capital santacruceña, el concejal Pedro Muñoz (CC - ARI) del interbloque UNIDOS, solicitará al Ejecutivo Provincial y a la Municipalidad de Río Gallegos que -a través del Ministerio de Salud y Ambiente de la Provincia y la Secretaría de Salud Municipal- se implemente de manera inmediata una Campaña de Testeo Preventivo y Prioritario en las personas que se encuentran dentro del grupo de riesgo ante el COVID-19.



En este sentido Muñoz adelantó que en caso de aprobarse el proyecto “los testeos preventivos se realizarían a todas aquellas personas mayores de sesenta años, personas con obesidad, diabetes, hipertensión, enfermedades cardíacas o enfermedades respiratorias, comprenden los grupos de riesgo con mayor probabilidad de padecer complicaciones en caso de contraer el virus”.



“Hoy padecemos el colapso del sistema de salud en la capital provincial debido a la gran cantidad de contagios y muertes por día. Por tal motivo y siguiendo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, debemos hacer fuerte hincapié en la detección temprana de los casos, para aislarlos, hacer un seguimiento diario y, en caso de ser necesario, brindar tratamiento médico a tiempo”, remarcó.



Por otra parte pedirá que se prorrogue -de manera excepcional y por el término de un año- los plazos establecidos en el artículo 29 de la Ordenanza N° 6477 de Tierras Fiscales y Sistema de Registro Único de Postulantes, modificado por Ordenanza N° 8982, cuyo vencimientos hayan operado u operen entre el 20 de marzo y el 31 de diciembre de 2020. De esta forma, el plazo de prórroga se computará a partir del día subsiguiente a la fecha de vencimiento original respectiva a cada adjudicatario.



Vale recordar que dicho artículo establece que “El adjudicatario para mantener dicha condición, deberá dar cumplimiento a lo siguiente: a) Aprobar los planos de obra ante el departamento de Obras Privadas dependiente de la Dirección de Planeamiento y Desarrollo Urbano, dentro de los noventa (90) días a contar desde la fecha de notificación del Decreto de Adjudicación. b) Dar inicio a la obra dentro de los ciento veinte (120) días. c) Ejecutar el ochenta (80%) del Proyecto aprobado dentro de los seiscientos (600) días subsiguientes”.



Asimismo insistirá al Ejecutivo Municipal, para que informe al Concejo Deliberante respecto del cumplimiento de la ordenanza antes mencionada, solicitando el listado completo de las adjudicaciones y desadjudicaciones de tierras fiscales, saber si efectivamente se enviaron al Concejo Deliberante los listados de los postulantes con los datos personales y el puntaje obtenido, si se cumplió con la publicación de los mismos en el sitio web oficial del Municipio y diarios locales, la disponibilidad de la tierra fiscal municipal, y copia del Registro Único de Entregas, entre otros puntos.


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