Diputados provinciales piden garantizar cobertura de anteojos a la Caja de Servicios Sociales

Lo hizo la Legislatura Provincial por unanimidad, a instancias del Diputado del Frente de Todos, Matías Mazú. Se basa en lo establecido en el Programa Médico Obligatorio – que aplica para obras sociales y prepagas- que garantiza esta cobertura del 100% para la población beneficiaria de hasta 15 años.

Este jueves, en el marco de la 7° Sesión Ordinaria de la Legislatura Provincial, por iniciativa del presidente del Bloque Frente de Todos, Matías Mazú, se sancionó de manera unánime una Resolución solicitando al Poder Ejecutivo Provincial que, a través de la Caja de Servicios Sociales, se garantice “la cobertura del 100% de un par de anteojos estándar por año para niños, niñas y adolescentes de hasta 15 años”.



Esta cobertura debe brindarse cuando exista “prescripción médica oftalmológica”, y abarcar a “la población beneficiaria de la obra social estatal, como así también del 100% para beneficiarios y beneficiarias que cuenten con Certificado Único de Discapacidad Visual”, teniendo en cuenta lo establecido en el Programa Médico Obligatorio, que contempla las prestaciones que cada obra social o prepaga debe cubrir obligatoriamente.



También en la Resolución sancionada, se solicitó al Poder Ejecutivo que además “se analice la posibilidad de ampliar la cobertura de un par de lentes por año - en un 100% de cristales blancos minerales o blancos orgánicos y del 50% en marcos estándar - para beneficiarios y beneficiaras de la obra social, mayores de 15 años, que presenten prescripción médica oftalmológica”.



En su fundamentación, junto a sus pares Karina Nieto, Laura Hindie, Jorge Arabel y César Ormeño, el presidente de la bancada mayoritaria recordó que “en el apartado 8.3.2. del Programa Médico Obligatorio - que rige para la totalidad de Agentes del Seguro de Salud (obras sociales estatales y prepagas comprendidas mediante Ley 23.660 y modificatorias) - establece una serie de prestaciones básicas esenciales que tienen carácter obligatorio, y entre ellas la cobertura de un par de lentes por año para la población beneficiaria menor de 15 años, y en la actualidad, nuestra obra social estatal no se encuentra cubriendo”.



Finalmente, y en relación a la cobertura para personas mayores de 15 años, se argumentó que “la disminución visual entendida como discapacidad, según la Organización Mundial de la Salud, que fueron ratificados por el Ministerio de Salud de la Nación en el año 2012, incluyeron esta condición en la Disposición 2230, al conceptualizar que esta caracterización contempla ‘las deficiencias en las funciones visuales y estructurales del ojo y/o sistema nervioso y las limitaciones que presente el individuo al realizar una tarea o acción en un contexto/entorno normalizado, tomando como parámetro su capacidad real y las restricciones en su desempeño”.


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