Legisladores declararon la Emergencia Hídrica en Caleta Olivia y zonas aledañas

Fue durante la Tercera Sesión Extraordinaria realizada hoy mediante modalidad virtual. El Presidente de SPSE Nelson Gleadell brindó un informe sobre el plan de contingencia para Caleta Olivia específicamente y las acciones que se llevan adelante para proveer de agua a la zona norte.

Hoy durante la tercera sesión extraordinaria del presente periodo legislativo aprobaron la Ley que determina la emergencia hídrica zonal a la ciudad de Caleta Olivia y zonas aledañas. En esta sesión que fue presidida por el Vicepresidente 1° José Bodlovic, diputadas y diputados en el marco del artículo 100 de la Constitución Provincial, citaron al Presidente de Servicios Públicos Sociedad del Estado, Nelson Gleadell quien brindó un informe sobre el plan de contingencia para Caleta Olivia y respondió los interrogantes de los legisladores.



El funcionario provincial indicó que deben realizarse refacciones en la toma de agua de la planta de ósmosis inversa y llevar adelante un Plan Director junto con el ENHOSA para determinar todos los inconvenientes en la red de distribución y así presurizar el agua para que llegue a todos los vecinos.



Gleadell señaló también que hoy está ingresando agua a Caleta Olivia tanto desde el acueducto del Lago Muster como de los pozos de captación de Cañadón Quintar y Meseta Espinoza incrementando la cantidad de m3. Además destacó que se subsidiará a todos los vecinos de Caleta Olivia, la factura del agua por el mes de diciembre 2020 y enero 2021. Finalmente indicó que se está trabajando junto con la FUVECO y con el Municipio de Caleta Olivia por expresa determinación de la Gobernadora Alicia Kirchner.



Posteriormente y tras un debate sancionaron la Ley, autoría de la Diputada Liliana Toro, que declara en estado de emergencia hídrica zonal a Caleta Olivia y zonas aledañas hasta el 31 de diciembre de 2021. Además incorpora dentro de la Emergencia a las ciudades del Departamento Deseado, abarcando a Puerto Deseado,  Pico Truncado,  Las Heras,  Koluel Kaike, Cañadon Seco, Jaramillo y Fitz Roy.



Esta Ley faculta al Poder Ejecutivo Provincial a celebrar convenios con el Poder Ejecutivo Nacional, Entes Autárquicos Nacionales, Provinciales, Universidades, Fundaciones, Asociaciones Civiles, Organizaciones Internacionales y/o cualquier otro ente técnico especializado, a tomar crédito y a realizar las gestiones y erogaciones necesarias en el marco de la Emergencia Hídrica Zonal. Además faculta a la Empresa Servicios Públicos Sociedad del Estado a gestionar las contrataciones para la provisión de bienes, obras y servicios que las necesidades impongan exceptuándola de la aplicación de las leyes y reglamentaciones vigentes, siempre teniendo en miras el buen orden administrativo y los principios de transparencia y publicidad de los actos públicos.


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