El Concejal Roquel votó por la negativa “a un presupuesto que le da un cheque en blanco al intendente"
En el marco de la quinta sesión ordinaria del actual período, el profesor Leonardo Roquel, edil UCR, integrante de Interbloque UNIDOS del Concejo Deliberante de Río Gallegos, votó por la negativa y rechazó de plano el Presupuesto Municipal 2021, expediente que ingresó y se abordó en la jornada en el recinto del Cuerpo Deliberativo capitalino.
El Concejal Roquel manifestó que “este Presupuesto presentado significa lisa y llanamente firmarle y otorgarle un cheque en blanco al intendente Pablo Grasso, por segundo año consecutivo, habilitándolo y autorizándolo esta vez, a hacer uso de créditos y gestionar cualquier tipo de líneas de financiamiento o leasing con organismos multilaterales, entidades bancarias y / o instituciones financieras; o con el Estado Nacional o Provincial, hasta un importe equivalente a cuatro (4) masas salariales brutas, considerando los valores vigentes al momento de tomar la asistencia”. El Edil indicó además que “el Departamento Ejecutivo podrá disponer en garantía, de los recursos que le correspondan al Municipio por el régimen de coparticipación vigente y/o el que en un futuro lo modifique, deduciendo en consecuencia de ésta el pago de la asistencia otorgada”.
Por otra parte, el profesor Roquel se refirió al artículo 10 de la Ordenanza aprobada en el recinto, sin su acompañamiento obviamente, referido a que el Departamento Ejecutivo podrá desde ahora disponer la baja del personal municipal que encontrándose en condiciones de obtener el beneficio previsional no hubiese presentado su renuncia para acceder al mismo habiendo sido notificado fehacientemente.
Estos agentes, en consecuencia, perderán los beneficios estipulados en la Ordenanza 1417/86, cuestión que - sostuvo el Edil “es muy grave porque el artículo citado, se posiciona por encima de la Ley Provincial que rige el tema del personal próximo a jubilarse, ya que con anterioridad, el personal municipal en condiciones de acceder al beneficio jubilatorio, disponía de dos (2) años, una vez cumplida toda la cuestión administrativa, para poder jubilarse, tiempo que le servía para conquistar una mejor categoría e incrementar en consecuencia el haber a percibir una vez retirado”.
“La Ley Provincial mencionada indica claramente en su artículo 136 que cuando el afiliado reuniese las condiciones exigidas para la jubilación ordinaria, previo al informe favorable de la Caja de Previsión Social, el poder administrador podrá intimarlo a iniciar los trámites correspondientes, extendiéndole un certificado de servicios y demás documentación necesaria a esos fines. A partir de ese momento, el empleador deberá mantener la relación del trabajador hasta que la Caja otorgue el beneficio, hasta un plazo máximo de dos años; con esta modificación - subrayó - impulsada por el intendente Grasso y el secretario de Hacienda Robles, el personal municipal próximo a jubilarse perdería el beneficio de este tiempo, que como dije le permite mejorar su futura situación económica como sector pasivo”.