Causa por la obra pública en Santa Cruz: se inicia un largo camino de apelaciones

La condena a la actual vicepresidenta de la Nación no está firme, por ende, no será de cumplimiento inmediato en ninguno de sus aspectos hasta que se agoten todas las instancias de apelación previstas por la ley. 

El fallo del Tribunal Oral Federal (TOF) 2 que condenó este martes a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión y a inhabilitación perpetua no está firme y, por ende, no será de cumplimiento inmediato.



Además, en el caso de la exmandataria, tiene inmunidad de arresto en razón del cargo que desempeña hasta el 10 de diciembre de 2023 y durante ese lapso haría falta un juicio político en el Congreso para quitarle los fueros y hacer efectiva la detención.



Sin embargo, aunque está habilitada para volver a postularse a cualquier cargo ya que la prohibición para ejercerlos se hará efectiva una vez que la sentencia quede firme en todas las instancias, la propia Vicepresidenta anunció que no será candidata a nada y que su nombre no estará en las boletas del Frente de Todos en las próximas elecciones.



En ese caso, al finalizar mandato actual como Vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner no contará con fueros en el caso de que las instancias superiores confirmen la sentencia del TOF 2.



https://twitter.com/AgenciaTelam/status/1600251512445632512

Por otro lado, el proceso de apelación en los tribunales de alzada podría extenderse indefinidamente ya que la Corte Suprema de Justicia no tiene plazos para expedirse.



En cuanto a los próximos pasos, el TOF 2 dará a conocer los fundamentos del fallo el 9 de marzo próximo y desde ese día tanto las defensas como la fiscalía estarán en condiciones de preparar y presentar sus apelaciones ante la Cámara Federal de Casación Penal



Para ello tendrán diez días hábiles desde la lectura de los fundamentos.



Casación



En Casación, el veredicto será analizado por la sala IV, integrada en la actualidad por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo, porque ya intervinieron en otras instancias del caso Vialidad.



Este es el máximo tribunal penal federal del país y es la instancia primera de revisión de los veredictos emitidos en todos los juicios orales del fuero.



Corte Suprema



Luego de Casación, seguirá la posibilidad de recurrir ante la Corte Suprema de Justicia con un recurso extraordinario, que en el caso de ser rechazado, habilitará el recurso de la queja directa ante el máximo tribunal, que no tiene plazos para decidir.



La sentencia quedará firme cuando se pronuncie la Corte Suprema y, si en ese momento alguno de los condenados tiene fueros por ejercer un cargo electivo, será necesario un juicio político para que pueda ordenarse su detención.



 


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