Por qué la Junta Electoral rechazó el pedido de LLA Santa Cruz para revisar 60 urnas
Durante la reanudación del escrutinio definitivo en Río Gallegos, la agrupación La Libertad Avanza solicitó la apertura de 60 urnas, un total de 7607 sufragios, por considerar "inusual" el porcentaje de votos nulos (4,32%) registrado en las elecciones generales del 26 de octubre
En la mañana del martes 29 de octubre, a las 9:00 horas, la Junta Electoral Nacional del distrito Santa Cruz reanudó el escrutinio definitivo de las elecciones generales realizadas el 26 de octubre. La sesión se desarrolló en la sede del quincho de la Armada Argentina, ubicado sobre la avenida Costanera Almirante Brown y calle España, en Río Gallegos.
Durante el encuentro, el apoderado de La Libertad Avanza (LLA) presentó un escrito solicitando la apertura y revisión de al menos 60 urnas del distrito, alegando un "inusual porcentaje de votos nulos" del 4,32%, lo que equivale a 7.607 sufragios sobre un total de 175.776 emitidos.
El representante libertario fundamentó su pedido en que dicha cifra superaba ampliamente el promedio histórico de votos nulos registrados en elecciones anteriores, que en 2019 fue de 1,31%, en 2021 de 4,3% y en 2023 de 2,65%, según detalló. "Este número compromete la confiabilidad del resultado en diversas mesas", sostuvo, y pidió revisar una muestra "significativa y representativa".
Las respuestas de las demás fuerzas
El pedido fue objetado inmediatamente por representantes de otras agrupaciones.
El Dr. Serantes, apoderado de Fuerza Santacruceña, sostuvo que el reclamo debía haberse presentado dentro de las 48 horas posteriores a la elección, tal como establece el artículo 110 del Código Electoral Nacional (CEN). "El planteo es general, no refiere a mesas específicas ni irregularidades puntuales, por lo que resulta extemporáneo y abstracto", argumentó.
Además, cuestionó que los fiscales de mesa de La Libertad Avanza no hubiesen hecho observaciones durante el acto comicial. "Si los fiscales firmaron las actas con los votos nulos consignados, ya no es posible revisarlos", añadió.
Por su parte, el Sr. De la Torre, también presente en la audiencia, expresó su apoyo al pedido libertario, señalando que se trataba de la primera elección con el nuevo sistema y que debía garantizarse la transparencia del proceso.
La resolución de la Junta Electoral
Tras escuchar los argumentos, la Junta Electoral Nacional analizó la presentación y determinó que el pedido fue presentado fuera del plazo legal, excediendo las 48 horas posteriores al cierre de los comicios. En su resolución, la Junta citó los artículos 110, 111 y 113 del CEN, que establecen que las protestas o reclamos deben realizarse inmediatamente o dentro del plazo establecido, de lo contrario, pierden validez.
"El reclamo resulta extemporáneo y no reúne los elementos probatorios necesarios", indicó el acta. Además, recordó que las observaciones sobre votos nulos deben plantearse durante el escrutinio de mesa en presencia de los fiscales partidarios.
En ese sentido, la Junta recordó un fallo de la Cámara Nacional Electoral (Causa 1115/91), donde se establece que los fiscales son los responsables de controlar y verificar el acto electoral y que la falta de protestas en el momento oportuno impide cualquier revisión posterior.
Finalmente, el cuerpo resolvió rechazar por extemporáneo el pedido de apertura de urnas presentado por La Libertad Avanza, al no configurarse las causales legales que justificarían una medida de ese tipo. La resolución fue notificada a los apoderados presentes en el acto.
En Santa Cruz, Fuerza Santacruceña consiguió 53.421 y LLA 52.646, con una diferencia de 775 votos. Lo que representa dos bancas de diputado nacional para los primeros (Juan Carlos Molina y Moira Lanesán) y una para los segundos (Jairo Guzmán). Estos nuevos legisladores asumirán el 10 de diciembre y se sumarán a los electos en 2023: Ana Ianni (Fuerza Patria) y José Luis Garrido (Por Santa Cruz)

