Se oficializó la paritaria de los empleados de comercio: cuánto cobrarán en agosto 2025
El Ministerio de Capital Humano oficializó el acuerdo salarial para empleados de comercio, que abarca de julio a diciembre de 2025.
Tras varias semanas de incertidumbre, el Ministerio de Capital Humano homologó el acuerdo paritario entre el gremio mercantil y las cámaras empresariales. Con esta validación, las empresas podrán liquidar los sueldos de agosto con los aumentos establecidos: un 1% mensual no acumulativo y una suma fija de $40.000, vigentes desde julio.
La negociación, liderada por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), abarca el período de julio a diciembre de 2025 y busca recomponer el poder adquisitivo de más de un millón de trabajadores en todo el país.
¿Cómo se compone el nuevo esquema salarial?
La paritaria había sido acordada a fines de julio, pero su implementación dependía de la aprobación de la Secretaría de Trabajo, lo que generaba dudas sobre su legalidad. Finalmente, la homologación se concretó el 6 de agosto.
El esquema contempla dos componentes clave:
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Aumento del 1% mensual, no acumulativo, sobre los sueldos básicos de junio.
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Suma fija remunerativa de $40.000, también mensual y durante el semestre julio-diciembre.
Estas mejoras alcanzan tanto a empleados de jornada completa como a quienes trabajan jornada parcial, en proporción a las horas trabajadas.
"La suma fija forma parte del salario básico, por lo tanto incide en adicionales como antigüedad y presentismo. Además, genera aportes y contribuciones a la seguridad social", indicaron desde FAECyS.
Cuánto cobrarán los empleados de comercio en agosto
Con la oficialización del acuerdo, los sueldos de agosto incluirán el 2% de aumento acumulado (1% en julio y 1% en agosto) y dos sumas fijas de $40.000. Así quedan los sueldos brutos mensuales para jornada completa:
Maestranza:
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Maestranza A: $1.056.054
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Maestranza B: $1.060.634
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Maestranza C: $1.067.094
Administrativo:
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A: $1.067.094
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B: $1.071.674
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C: $1.076.254
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D: $1.090.754
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E: $1.105.254
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F: $1.119.754
Cajero:
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A: $1.070.773
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B: $1.074.034
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C: $1.081.934
Auxiliar:
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A: $1.070.773
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B: $1.081.934
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C: $1.105.254
Auxiliar especializado:
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A: $1.081.934
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B: $1.105.254
Vendedor:
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A: $1.100.221
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B: $1.110.758
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C: $1.127.694
Los empleados a media jornada verán reflejados estos montos de manera proporcional. En casos donde las empresas no aplicaron el aumento en julio, deberán hacerlo con retroactivo en el recibo de agosto.
Qué pasa con los aumentos hasta diciembre
El acuerdo establece que cada mes se sumará un nuevo 1% de aumento, siempre tomando como referencia el salario de junio, mientras que la suma fija de $40.000 seguirá incorporándose al básico.
Este es el cronograma previsto:
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Julio: +1%
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Agosto: +1% adicional
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Septiembre a diciembre: +1% cada mes
"El esquema busca dar previsibilidad a trabajadores y empleadores, mientras se monitorea la evolución inflacionaria", informaron desde el sector gremial.
La escala alcanza a todos los trabajadores bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, el más grande del país, que abarca tareas en comercio minorista y mayorista, logística, cajas, depósitos y tareas administrativas.