Se promulgó la ley que crea el registro nacional "No llame"

La ley fue publicada hoy a través del Boletín Oficial. La misma prevé que los clientes de las compañías telefónicas podrán dejar asentada su decisión de no recibir en sus teléfonos fijos y celulares llamadas y mensajes de texto con publicidades y ofertas no solicitadas.


El registro nacional "No Llame" contempla a "toda persona física o jurídica titular o usuario autorizado del servicio de telefonía en cualquiera de sus modalidades que manifieste su voluntad de no ser contactada por quien publicitare, ofertare, vendiere o regalare bienes o servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 27 de la ley 25.326", indica el texto aprobado por la Cámara de Diputados el pasado 2 de julio.

La norma publicada hoy en el Boletín Oficial a través del decreto 1.233 tendrá 90 días para reglamentarse. Tanto la inscripción como la baja del mismo será "gratuita y debe ser implementada por medios eficaces y sencillo. La baja sólo puede ser solicitada por el titular o usuario en cualquier momento y tendrá efectos inmediatos", aclara la norma.

Las empresas que publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios "no podrán dirigirse a ninguno de los inscriptos en el Registro Nacional `No Llame` y deberán consultar las inscripciones y bajas producidas en el citado registro con una periodicidad de treinta (30) días corridos a partir de su implementación".

A QUIENES NO INCLUYE LA LEY

Quedan exceptuados de la normativa las campañas de bien público; las llamadas de emergencia para garantizar la salud y seguridad de la población; las campañas electorales; y las llamadas de quienes tienen una relación contractual vigente, siempre que se refieran al objeto estricto del vínculo y sean realizadas en forma y horario razonables y de acuerdo a la reglamentación.

La ley tampoco incluye en ese punto aquellas llamadas de quienes hayan sido expresamente permitidos por el titular o usuario autorizado de los servicios de telefonía en cualquiera de sus modalidades, inscriptos en el registro nacional "No llame".

La autoridad de aplicación de la norma será la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales.

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