Economia

Recaudación de Ganancias sobre salario, la que más subió

En los últimos 8 años creció 1,5 puntos porcentuales, menos de lo que se incrementó el tributo de empresas por el mismo concepto y período.


La recaudación del Impuesto a las Ganancias
Cuarta Categoría duplicó su incidencia en términos del PBI entre 2007 y 2015,
al pasar del 1,3 al 2,8 por ciento, destacó un informe de la consultora
Economía y Regiones.


El estudio señala que "en los últimos ocho años
la recaudación total del impuesto a las Ganancias en términos del PBI aumentó
52,4 por ciento, pasando de 4,4% (2007) a 6,6% (2015) del producto”.


Pero también indicó que "el aumento de la
importancia relativa de la recaudación de Ganancias en términos del PBI está
explicado en un 68 por ciento por el mayor pago de Ganancias por parte de los
trabajadores”.


Economía y Regiones detalló que la impronta de
la recaudación del impuesto a los salarios en términos de producto "se
incrementa 114 por ciento en el período pasando de 1,3% (2007) a 2,8% (2015)
del PBI”.


"En pocas palabras, la recaudación de Ganancias
sobre los trabajadores aumenta 1,5 puntos porcentuales en términos del producto
en los últimos 8 años”, señaló el trabajo elaborado por la consultora.


E&R aseguró que "del otro lado, la
recaudación de Ganancias provenientes de las empresas aumentó tan sólo 28 por
ciento en el mismo período, pasando de 2,8 por ciento (2007) a 3,6 por ciento
(2015) del producto”. "La recaudación de impuestos sobre el salario y sobre el
trabajo es la que más creció en términos del PBI durante los dos mandatos de
CFK”, añadió el estudio de E&R.


En ese sentido, aseguró que "hay que tener en
claro que este aumento de la recaudación en términos del PBI no es un fenómeno
nuevo sino que es una de las principales características de la gestión
económica K”.


Por otro lado, Economía y Regiones cuestionó
las afirmaciones del ministro de Economía, Axel Kicillof, respecto de que "son
muy pocos” los obreros que están alcanzados por Ganancias.


"Según los números oficiales presentados por
los funcionarios, el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias sólo
afecta aproximadamente al 6 u 8 por ciento de los trabajadores argentinos; y al
11 de los trabajadores registrados”, se planteó en el estudio.


No obstante, aclaró que "la cantidad de
personas físicas que aportan al fisco sólo por Ganancias entre uno y más de
cuatro salarios al año serían entre 1,5 y 2,9 millones de personas”.


"En el primer caso representa 8,5 por ciento
del total de trabajadores y 14,3 por ciento de los ocupados registrados;
mientras que en el segundo sube a 16,3 por ciento y 27,6 por ciento, total y en
blanco respectivamente”, explicó E&R.


En ese sentido, destacó que los sectores
económicos que cuentan con más trabajadores que pagan ganancias son:
transporte, bancarios, mineros, petroleros, telecomunicaciones y sector
público.


El 13 arrancan vencimientos para declaraciones
juradas


A partir del 13 de abril, comienzan los
vencimientos de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y de
Bienes Personales. Están obligados a la presentación de los formularios 711 y
762/A, los que se encuentran inscriptos formalmente en esos impuestos, y cuando
de las liquidaciones surja un saldo a pagarle a la AFIP por cada tributo.


Las presentaciones se extienden toda la semana,
que va del 13 al 17 de abril, dependiendo la terminación del número de CUIT. Si
surge un saldo a pagar deberá ingresarse hasta el día siguiente de la fecha de
vencimiento de la presentación.


Continúa vigente el plan de pagos, de hasta 3
cuotas, con una tasa de interés del 1% mensual. Los que opten por adherir a
este miniplan tienen que utilizar el programa denominado "Plan de facilidades
de Pago - RG 974”, que está en la página Web de la AFIP. La primera cuota del
plan debe ingresarse el mismo día en que se presenta la declaración jurada
impositiva. Incluso, esta opción de financiación puede utilizarse en los casos
que la presentación de los formularios y el pago se efectúen fuera de término.


El aplicativo unificado que se usa para
confeccionar las declaraciones juradas, es la versión 16, que ya figura subido
en la página del organismo.


Si el resultado de las liquidaciones da un
saldo de impuesto determinado, posteriormente a partir de junio tienen que ingresarse
cinco anticipos a cuenta del saldo del año que viene, equivalentes al 20%
calculado sobre el total del impuesto.


Los valores anuales vigentes de las deducciones
personales para este año son: mínimo no imponible, $ 15.552; deducción
especial, $ 15.552; cónyuge $ 17.280; por cada hijo $ 8.640; y por las otras
cargas que habilita la ley, $ 6.480.


Respecto de Bienes Personales, la AFIP exhibe
en su página los valores de los automóviles y las cotizaciones que deberán
considerarse para liquidar el impuesto a "la riqueza” (RG 3741). Hay que pagar
cuando los bienes gravados superan $ 305.000, importe que rige sin ajustar por
inflación desde 2008. Superado ese importe hay que abonar aplicando las
alícuotas sobre todos los bienes y no sólo por el excedente que supera el tope.


Están exentos los títulos públicos, los
depósitos en caja de ahorro y los plazos fijos.

Del impuesto a ingresar, los monotributistas podrán descontar el impuesto
abonado por viajes o compras en el exterior y compra de dólares. Los inscriptos
en Ganancias podrán descontarlo también, pero previamente deberá
exteriorizarlas en la liquidación del Impuesto a las Ganancias, en la medida
que se posea un saldo a favor. CC


 

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