Cristóbal López y Fabián de Sousa fueron sobreseídos por la venta del Grupo Indalo

Lo dispuso la jueza federal María Eugenia Capuchetti. También fueron sobreseídos los empresarios Jorge Rosner y Enrique Dellatorre.

Los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa resultaron sobreseídos en la causa por la presunta venta irregular del grupo Indalo al fondo OP Investment en octubre del 2017. La decisión fue dictada por el Juzgado Criminal y Federal N 5 a cargo de María Eugenia Capuchetti.



Además de López y De Sousa, la magistrada sobreseyó a los empresarios Jorge Rosner y Enrique Dellatorre quienes también estaban investigados en la causa.



Según la resolución judicial, ninguno de los acusados “encuadra en una figura legal por el hecho investigado”. Además cierra aclarando que se deja constancia que “la formación del presente sumario en nada afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado”.



Ambos empresarios se encuentran en prisión efectiva en los penales de Ezeiza y Marcos Paz y enfrentan otras dos causas que instruyó el juez Claudio Bonadio.



A fines de diciembre de 2017, el juez Julian Ercolini abrió una investigación penal para determinar si existió una venta de acciones de empresas del grupo Indalo al grupo Ceibo, cuya titularidad era de Rosner y Dellatorre Balestra, cuando existía una expresa inhibición general de bienes que lo impedía.



En su resolución, la magistrada consideró que corresponde aplicar un criterio "desvinculatorio de los hechos que constituyeron el objeto procesal de la presente causa, en la medida que no constituye delito".



La magistrada sostuvo que su decisión "es producto del análisis efectuado sobre las pruebas incorporadas a lo largo de la instrucción, que tuvo por objeto esclarecer la presencia de supuestos actos fraudulentos y deliberados por parte de los imputados".



La acusación contra los empresarios sostenía que habían ejecutado una maniobra para que en la venta del grupo Indalo figuraran bienes que habían sido inhibidos.



Pero para la jueza, "nada de ello ha sucedido, ni se indujo a error ni se transfirieron acciones inhibidas", y en consecuencia, no hubo por parte de los acusados "un intento de burlar la acción de la justicia" y que, en definitiva, "la venta no se produjo".



Con la asistencia de la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (DAJUDECO) de la Corte Suprema, la jueza estableció que "no hubo una transferencia accionaria del grupo".



La causa en la que se investigaba la supuesta venta del grupo Indalo estuvo primero en manos del juez Marcelo Martínez de Giorgi, y luego pasó a Ariel Lijo, para terminar en el juzgado Federal Número 5 de Capuchetti, quien tras compilar medidas de prueba y testimonios dictaminó estos sobreseimientos.



Fuente: Ambito Financiero 


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