Potenciar Trabajo

Bono para el Potenciar Trabajo: cuándo se cobran los 20 mil pesos

Los titulares del programa del Ministerio de Desarrollo Social, que paga la ANSES, percibirán un extra. La fecha de pago de la primera cuota y cómo acceder.

El Ministerio de Desarrollo Social, en conjunto con la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), confirmó que este viernes 15 de septiembre abonará el la primera cuota del bono extraordinario de $20.000 para los beneficiarios de Potenciar Trabajo.



El refuerzo de $20.000 para quienes perciben la prestación por cuatro horas diarias de labores en distintos emprendimientos, se abonará en dos cuotas de $10.000 cada una en septiembre y octubre. El martes 5, los titulares cobraron $56.250.



El pago del bono fue dispuesto por el ministro de Economía, Sergio Massa, como parte de medidas que anunció a fines de agosto para intentar aliviar el impacto de la devaluación impuesta tras las PASO.



Potenciar Trabajo: cuándo cobran el bono de $20.000



A finales de agosto, el Ministerio de Desarrollo Social anunció que los titulares del Potenciar Trabajo iban a recibir un refuerzo de $20.000, en dos tramos.



La primera cuota del bono será abonado el viernes 15 de septiembre.



A principios del noveno mes del año, los titulares del plan percibieron $56.250. Así, quienes estén en el plan percibirán un total de $66.250 este mes.



El programa Potenciar Trabajo paga directo al beneficiario la mitad del salario mínimo, vital y móvil con una contraprestación laboral de cuatro horas diarias.



Potenciar Trabajo: cuándo cobro en octubre 2023



En octubre, la prestación del Potenciar Trabajo va a ascender a $59.000. Con la última cuota del refuerzo, los titulares del programa cobrarán en total $69.000.



-Para saber si se cobra el plan, se debe:



-Ingresar a Mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social



-O también consultar la fecha y lugar de pago a través de la app Mi Argentina.



Cuáles son los requisitos para cobrar el Potenciar Trabajo



Los titulares del plan deberán cumplir con un máximo de 60 horas mensuales en una Unidad de Gestión de las siguientes actividades:



-Tareas de cuidados y servicios socio-comunitarios.



-Reciclado y servicios ambientales.



-Construcción, infraestructura social, mejoramiento barrial y habitacional.



-Agricultura familiar y producción de alimentos.



-Producción de indumentaria y otras manufacturas.



-Comercio popular.



-Actividades de formación y capacitación profesional o entrenamiento laboral.(TN)


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