Javier Milei tendrá cinco días para explicarle a la Justicia su publicación sobre Ian Moche
Fue demandado por la familia del niño de 12 años, que tiene autismo para que elimine el mensaje de la red social X
Hasta ahora, Javier Milei solo se pronunció a través de reposteos. Primero, cuando republicó desde su cuenta oficial como presidente de la Nación en la red social X, el mensaje de un usuario afín a su gobierno, que agraviaba a Ian Moche, activista autista de 12 años y al periodista Paulino Rodrigues.
Después, cuando la familia de Ian presentó una demanda en la Justicia para que el presidente elimine el mensaje con la foto del niño, Milei republicó el mensaje de otro usuario que atacaba a un periodista de El Destape, que había preguntado en conferencia de prensa al vocero presidencial, Manuel Adorni, si el presidente iba a bajar el posteo. El mensaje de Milei agregaba: "Domada a periodista basura", y terminaba con las siglas: NOLSALP (No odiamos lo suficiente a los periodistas).
Adorni había explicado que nunca el objetivo había sido exponer a Ian, sino "a los periodistas que lo utilizaron", dijo. Sin embargo, nunca hubo un pedido de disculpas, un acercamiento a la familia, ni tampoco se dio de baja la publicación.
Ahora, Javier Milei deberá explicarle a la Justicia su versión sobre los hechos. Y tendrá cinco días para hacerlo a partir de que sea notificado en su domicilio legal. Aunque todavía no se completó ese trámite administrativo judicial, según el requerimiento de la Justicia Federal, al que tuvo acceso LA NACION, se establece que dentro de ese plazo el Presidente debe dar su versión sobre los hechos que denuncia la familia de Ian, cuyo apellido real es Lescano. Concluido ese plazo, el juez federal de La Plata, Alberto Osvaldo Recondo, a cargo el juzgado Nº 4, tendrá 48 horas para resolver si le ordena o no al Presidente eliminar su mensaje.
Recondo firmó el expediente el jueves último, y allí detalla que lo hizo teniendo en cuenta el dictamen del fiscal Federal N°2 de La Plata, Oscar Julio Gutiérrez Eguía, quien habilitó la competencia del fuero federal en el caso. Esto, debido a que Javier Milei utilizó la cuenta en X con tilde gris reservada, según la reglamentación de la red social, a "Individuos del gobierno Nivel nacional: Jefes de Estado (presidentes, monarcas y primeros ministros) y sus adjuntos y cónyuges". En función de ello, se estableció que la competencia era federal, porque involucraba una demanda que implica una denuncia por un supuesto delito cometido por una autoridad nacional contra un menor de edad.
La novedad fue bien recibida por la familia de Ian, que desde hace más de un mes vienen siendo objeto de hostigamiento por parte de militantes vinculados a La Libertad Avanza en las redes sociales, que publicaron datos privados de la familia, entre otras cosas, fotos de la casa de los Lescano y de la escuela a la que asiste Ian.
"Como familia tomamos la decisión de decirle basta a los ataques y a la violencia, que no podemos permitir. El universo va poniendo a cada uno en su lugar. No podemos decir mucho más, vamos a esperar que la Justicia actúe", dijo a LA NACION Marlene Spesso, la mamá de Ian.
Durante el debate por la ley de emergencia en discapacidad, la familia de Ian se convirtió en el centro de los dardos del Gobierno, cuando el Presidente retuiteó un mensaje en que se mostraba al niño en distintas imágenes con Sergio Massa, con Cristina Kirchner y con el periodista Paulino Rodrigues, quien lo invitó a su programa en LN+ para que contara su experiencia con el director de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), Diego Spagnuolo.
Según la madre del chico, el funcionario le habría dicho que si había tenido un hijo con una discapacidad era un problema de la familia y no del Estado. El mensaje del Presidente acusaba a la familia de ser ultrakirchnerista y las "pruebas" que aportaba eran esas fotos.
Las oleadas contra el niño en la red social X no tardaron en llegar, sin reparar en que se trataba de un niño de 12 años, activista autista, que mantuvo encuentros con legisladores, candidatos, gobernadores, jefes de gobierno, diputados y senadores de todo el espectro político, tal como se refleja en la cuenta que Ian tiene en Instagram, donde él y su madre suben contenido orientado a divulgar la vida cotidiana y los derechos de las personas con autismo.
Ian y su madre aseguran que no tienen banderas políticas, y el año pasado, en el programa de Juana Viale, el chico dijo que su sueño era conocer al presidente Javier Milei, para contarle todas sus ideas y proyectos.
En su escrito, el juez Recondo confirmó la postura del fiscal y estableció la competencia federal para tramitar la causa, ordenando consecuentemente, el traslado de la demanda a Javier Milei en su carácter de Presidente de la Nación y titular del Poder Ejecutivo Nacional. "Señor Presidente Javier Milei todavía está a tiempo de borrar el posteo y pedir una disculpa", publicó Andrés Gil Domínguez, abogado de la familia Lescano.
Originalmente, la demanda presentada por la familia de Ian fue una medida autosatisfactiva, "solución urgente no cautelar, despachable in extremis que procuran aportar una respuesta jurisdiccional adecuada a una situación que reclama una pronta y expedita intervención del órgano judicial", explica el Sistema Argentino de Información Jurídica. Una vez concedida la medida, la otra parte tiene tres días para apelar o deberá cumplirla.
Sin embargo, la Justicia entendió que la figura que correspondía era la de un amparo, razón por la que la presentación se transformó. Y también se agrega que "se requerirá al demandado, Poder Ejecutivo de la Nación, el informe que prescribe el art. 8 de la ley 16.986, en el plazo de cinco (5) días, contados a partir de su notificación".
Dicha ley explica que "la acción de amparo será admisible contra todo acto u omisión de autoridad pública que, en forma actual o inminente, lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, los derechos o garantías explícita o implícitamente reconocidas por la Constitución Nacional". Y el artículo mencionado explica que cuando la acción fuera admisible, "el juez requerirá a la autoridad que corresponda un informe circunstanciado acerca de los antecedentes y fundamento de la medida impugnada, el que deberá ser evacuado dentro del plazo prudencial que fije. La omisión del pedido de informe es causa de nulidad del proceso", dice.
Producido el informe o vencido el plazo otorgado sin su presentación, se dictará sentencia fundada dentro de las 48 horas, concediendo o denegando el amparo, se detalla.
Fuente: La Nación