Economía

ARCA actualizó los montos para reportar movimientos en cuentas y billeteras: cómo quedaron los valores

Desde agosto, bancos y fintech deberán informar a ARCA operaciones que superen nuevos límites para reforzar la fiscalización.

Redacción Nuevo Día
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En un contexto donde la transparencia fiscal y el control de movimientos de dinero ganan protagonismo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció cambios en los mínimos que obligan a informar operaciones en cuentas bancarias y billeteras virtuales.

Desde agosto de 2025, bancos, fintechs y sociedades de bolsa deberán reportar a ARCA cualquier operación que supere los nuevos límites. La actualización será semestral, ajustada por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), con el fin de simplificar la tarea de las entidades y reforzar la trazabilidad del dinero.

Según fuentes del organismo, el objetivo es "detectar movimientos inusuales y prevenir maniobras de evasión o lavado de activos, sin entorpecer la operatoria habitual de los usuarios".


Límites para personas físicas, jurídicas y billeteras virtuales

Los montos establecidos determinan que las transferencias y acreditaciones mensuales mayores a $50 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas deberán ser reportadas. Lo mismo aplica para retiros de efectivo que superen los $10 millones mensuales, así como saldos en cuentas, plazos fijos y operaciones en sociedades de bolsa.

Las billeteras virtuales, cada vez más utilizadas, quedan incluidas en el control con idénticos topes: $50 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas en ingresos, egresos y saldos.

Las compras al consumidor final están exceptuadas si no superan los $10 millones. En operaciones en moneda extranjera, la conversión será al tipo comprador del Banco Nación al cierre del último día hábil del mes; en criptomonedas, al valor de cotización definido por la entidad reportante.


Consecuencias y fiscalización ante operaciones sospechosas

Superar los límites puede derivar en la retención preventiva de la operación por parte de la entidad, que podrá requerir documentación para justificar el origen y destino de los fondos, como facturas, contratos o certificados de inscripción fiscal.

Si la información resulta insuficiente, ARCA podrá remitir el caso a la Unidad de Información Financiera (UIF) para su análisis. "El sistema busca un equilibrio entre la prevención y la fluidez de las operaciones legítimas", señalaron desde el organismo.

Las actualizaciones de montos se realizarán cada 1° de febrero y 1° de agosto, siguiendo la variación del IPC publicada por el INDEC.

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