ARCA oficializó la importación simplificada de autos eléctricos
La Resolución 5691/2025 establece que los cupos para importar vehículos sustentables deberán gestionarse digitalmente. La normativa aplica a modelos con valor FOB menor a USD 16.000 y exentos de derechos de importación.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el régimen que permite importar autos eléctricos, híbridos y a hidrógeno sin arancel extrazona. La Resolución General 5691/2025, publicada este jueves en el Boletín Oficial, establece los lineamientos operativos del procedimiento derivado del Decreto 49/2025 y de la Resolución 29 de la Secretaría de Industria y Comercio.
El beneficio alcanza a vehículos cuyo valor Free On Board (FOB) no supere los 16.000 dólares estadounidenses. Para estos casos, se elimina el Derecho de Importación Extrazona (DIE), que hasta ahora representaba el 35% del valor de importación. Esta medida se aplicará durante un plazo de cinco años a partir de la entrada en vigencia de la resolución.
El régimen tendrá un cupo anual máximo de 50.000 unidades, equivalente al 20% de las ventas anuales de automóviles livianos registrados en el país. El sistema contempla una asignación dividida en partes iguales: 25.000 unidades estarán disponibles para terminales automotrices radicadas en el país, y las 25.000 restantes serán para personas físicas o jurídicas que se dediquen a la comercialización de estos vehículos como proveedores.
La asignación del cupo se hará en función de dos criterios: la fecha de nacionalización de cada unidad y el menor precio FOB declarado. Esto implica que tendrán prioridad aquellos importadores que presenten pedidos con valores más bajos y gestionen con anticipación su ingreso al territorio nacional.
Para iniciar el trámite, los interesados deberán utilizar la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) y el sistema de Trámites a Distancia (TAD). El procedimiento completo está descrito en el anexo de la resolución y cuenta con un manual de usuario publicado en el sitio oficial de ARCA.
Según el texto oficial, los vehículos alcanzados por este régimen especial de importación son aquellos impulsados por motorizaciones híbridas, eléctricas o con celdas de combustible (hidrógeno), siempre que se encuadren en los límites de valor establecidos y se destinen exclusivamente a uso comercial o particular, según el caso.
Las terminales automotrices locales que deseen acceder al beneficio deberán estar debidamente registradas ante la autoridad aduanera y cumplir con las condiciones de localización industrial requeridas. Por su parte, los proveedores deberán acreditar su condición de sujetos habilitados a comercializar automotores en el país.